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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 18007 >> Fecha 02/03/1988 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 18007 - Articulo 1
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Artículo 1
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N§ 18007-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA

ECONOMICA,

En uso de las facultades conferidas en el inciso 18) del

art¡culo

140 de la Constituci¢n Pol¡tica.

Considerando:

1§.-Que el Ministerio de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica

Econ¢mica,

con el objeto de lograr un mejor desempe¤o de las tareas de

planificaci¢n

regional que se le han encomendado y para facilitar el trabajo

del

personal que en raz¢n de sus funciones se ve obligado a

desplazarse a

distintos lugares del pa¡s, ha estimado conveniente, al igual que

se

realiza en otras instituciones de la Administraci¢n P£blica,

reconocer el

pago de transporte oficial en veh¡culos particulares propiedad

de

funcionarios de este Ministerio.

2§.-Que de conformidad con lo se¤alado en en art¡culo 211 del

Reglamento de la Contrataci¢n Administrativa, la Contralor¡a

General de

la Rep£blica, mediante oficio N§ 13246 del 1§ de diciembre de

1987,

aprob¢ el Reglamento para el Pago de Transporte Oficial en

Veh¡culos

Particulares, propiedad de funcionarios de MIDEPLAN, sujeto a los

controles internos de la Auditor¡a Interna de este Ministerio.

Por tanto,

DECRETAN:

El siguiente

Reglamento para el pago de transporte oficial en veh¡culos

particulares propiedad de funcionarios del Ministerio

de Planificaci¢n Nacional y Pol¡tica Econ¢mica

(MIDEPLAN)

CAPITULO I

Disposiciones generales:

ARTÖCULO 1§.-El presente Reglamento regula el sistema de uso

de

veh¡culos propiedad de funcionarios con puestos de Jefatura de

la

Direcci¢n de Planificaci¢n Regional de MIDEPLAN, en la

realizaci¢n de sus

trabajos y actividades, como medio de fortalecer y apoyar la

capacidad de

la instituci¢n para la atenci¢n de la demanda por servicios de

transporte

de estos funcionarios en el cumplimiento de funciones oficiales,

mediante

el reconocimiento de pago de kilometraje recorrido, en adelante

denominado el Sistema.

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