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Considerando:
1º.- Que por ley número 5525 del 2 de mayo de 1974, se estableció el
Sistema Nacional de Planificación con los propósitos, entre otros,
de promover la mejor distribución del ingreso y de los servicios
sociales que presta el Estado, dentro de una utilización más
racional de los recursos disponibles por parte de los diferentes
entes que lo componen.
2º.- Que el Decreto Ejecutivo número 9644-P-OP del 20 de febrero de
1979, establece el Subsistema de Planificación Sectorial, que viene
a fortalecer y agilizar el Sistema de Planificación Nacional y
ayudar a la coordinación de las actividades del Gobierno, y de sus
instituciones autónomas.
3º.- Que existe una política del Gobierno para atacar los problemas
actuales de la sociedad, dentro del marco democrático de respeto a
los derechos humanos, de igualdad real de oportunidades y
participación de los ciudadanos.
4º.- Que, de acuerdo con esta política, es de gran importancia el
estudio, la fijación de objetivos y el establecimiento de planes y
programas con perspectiva global para las actividades del
transporte, lo cual hace necesario establecer los mecanismos de
coordinación entre los entes estatales relacionados en forma directa
con el Sector Transportes.
5º.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 361, inciso
primero, de la Ley General de la Administración Pública, se ha
concedido audiencia a las entidades descentralizadas que conforman
el Sector para que emitan su opinión acerca del contenido de este
decreto.
Por tanto,
DECRETAN:
La siguiente
Constitución del Sector Transportes
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones Básicas
Artículo 1º.- Se establece el Sector Transportes, que tendrá como
objetivo fundamental cumplir con lo establecido en la Ley de
Planificación Nacional número 5525 del 2 de mayo de 1974, el decreto
número 9644-P-OP de Planificación Sectorial del 20 de febrero de 1979,
con las disposiciones que emanen de la Presidencia de la República, a
través de la Oficina de Planificación Nacional y Política Económica, así como del Consejo de Gobierno, del Plan Nacional de Desarrollo y del
Consejo Nacional Sectorial de Transportes.
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