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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 7841 >> Fecha 16/12/1977 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 7841 - Articulo 1
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Nº 7841-P

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,

En uso de las facultades que les confiere el artículo 140 de la

Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre

la Zona Marítimo Terrestre, Nº 6043 del 2 de marzo de 1977,

DECRETAN:

El siguiente

Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 de

2 de Marzo de 1977, Publicada en el Alcance Nº 36 a "La Gaceta"

Nº 52 de 16 de Marzo de 1977

CAPITULO I

Disposiciones Generales y Definiciones

Artículo 1º.- El presente decreto reglamenta las actuaciones del

Estado, las instituciones y demás partes interesadas que, de acuerdo con

la Ley Nº 6043 de 2 de marzo de 1977, tienen ingerencia en la

conservación, uso y aprovechamiento de la zona marítimo terrestre y sus

recursos naturales.

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