N°
22469-MEP-MICITT(*)-H PLAN
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y
LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN PUBLICA, DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA
Y TELECOMUNICACIONES(*),
DE HACIENDA Y DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y
POLÍTICA
ECONÓMICA,
(*)(Modificada su denominación por el artículo
11 de la Ley "Traslado del sector Telecomunicaciones del Ministerio de
Ambiente, Energía y Telecomunicaciones al Ministerio de Ciencia y Tecnología,
N° 9046 del 25 de junio de 2012)
Considerando:
1).
Que mediante Decreto Ejecutivo No 18644-MEP-H-PLAN-MICYT, publicado en "
La Gaceta
" No 226 del 28 de noviembre de 1988, se acogió el convenio de
financiamiento de la educación superior universitaria estatal, para el
quinquenio de 1989 a
1993, suscrito por los Miembros de la Comisión
de Enlace, en la sesión celebrada el 8 de noviembre de 1988.
2).
Que en la sesión celebrada el 3 de agosto de 1993, la Comisión
de Enlace acordó extender la vigencia del Convenio de Financiamiento de la Educación Superior
Universitaria Estatal, suscrito en noviembre de 1988, con sus reformas
posteriores, por un nuevo período de cinco años, a partir del 8 de noviembre de
1993.
3).
Que el Convenio de Financiamiento de la Educación Superior
se ha constituido en un instrumento efectivo para garantizar la estabilidad, el
desarrollo institucional y el fortalecimiento económico de las instituciones de
educación superior universitaria estatal.
4).
Que el Poder Ejecutivo, en razón de los avances científicos y tecnológicos
alcanzados por la humanidad, decidió crear un fondo adicional al Fondo Especial
de la Educación Superior
(FÉES), para ejecutar un Programa de Renovación de Equipo Científico y
Tecnológico en las universidades estatales, decisión que fue muy bien recibida
por lodos los Miembros de la Comisión
de Enlace, por las implicaciones que ella tiene en la mejor formación de
recursos humanos y en el desarrollo del país.
5).
Que el acuerdo adoptado por la Comisión
de Enlace tendiente a extender la vigencia del Convenio de Financiamiento de
la Educación Superior
Universitaria Estatal, debe ser ratificado por el Poder Ejecutivo para que, de
esta forma, las partidas correspondientes sean consignadas en los presupuestos
de la República
en los próximos cinco años. Por tanto,
Con
fundamento en lo establecido en los incisos 3) y 18) del artículo 140 en
concordancia con el 85 de la Constitución Política,
DECRETAN:
Artículo
1: Se acoge el acuerdo de extensión del Convenio de Financiamiento de la Educación Superior
Universitaria Estatal para el quinquenio 1993-1998, adoptado por la Comisión
de Enlace en la sesión celebrada el 3 de agosto de 1993.
|