N°
4447-H
EL
PRESIDENTE DE .
LA REPÚBLICA
Y
EL MINISTRO DE HACIENDA,
(Este Decreto fue DEROGADO por el articulo 11 del Decreto Ejecutivo N°
32170-H del 02 de noviembre del 2004 y vuelto a derogar por el artículo 14 del
decreto ejecutivo N° 34534 del 5 de marzo de 2008)
Considerando:
1°—Que
resulta necesario mejorar todo el proceso de administración, presupuestaria del
Gobierno Central, comprendiendo tanto la etapa de formulación, como las de
ejecución, control y evaluación.
2°—Que
la Contraloría General
de
la República
ha venido trabajando con las dependencias del Poder Ejecutivo, en el estudio e
implantación de nuevos sistemas; ello con el propósito de llegar a contar con
un sistema presupuestario integrado, para todo el sector público.
3°—Que
el Ministerio de Hacienda mediante notas Nos. 1257 y 1258, de 5 de diciembre de
1974, dirigidas al Ministro de Planificación y al Contralor General de
la República
, aprobó un esquema de trabajo interinstitucional sobre diversos aspectos de la
ejecución presupuestaria, que le fuere sometido a su consideración por los
organismos citados.
4°—Que
para llevar a cabo el programa convenido entre
la Contraloría General
de
la República
, el Ministerio de Hacienda y
la Oficina
de Planificación Nacional y Política Económica, es conveniente establecer un
grupo interinstitucional de trabajo responsable de su realización.
5°—Que
se cuenta con la asesoría solicitada por el Gobierno en estas materias, de
la Organización
de los Estados Americanos, a través de su División de Administración para el
Desarrollo.
6°—Que
el inciso 8) del artículo 140 de
la Constitución Política
, establece como deber que corresponde conjuntamente al Presidente y al
respectivo Ministro de Gobierno, .el vigilar el buen funcionamiento de los
servidos y dependencias administrativas.
Por
tanto,
DECRETAN:
Artículo
1°—Créase una Comisión para que dirija, coordine e implante sistemas
relativos a
la Administración Presupuestaria.
Dicha Comisión estará integrada por los funcionarios que designen el
Contralor General de
la República
y los Ministros de Hacienda y Planificación.
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