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Nº 25071-MEP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y EL MINISTRO DE EDUCACION PUBLICA,
En ejercicio de las facultades y atribuciones que les confiere la
Constitución Política, lo dispuesto por la Ley Nº 6693 de 27 de noviembre
de 1981 y,
Considerando:
I. Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha
definido que la libertad de enseñanza es un derecho
fundamental consagrado por nuestro ordenamiento jurídico, cuyo
ejercicio se encuentra sujeto a la inspección y fiscalización
del Estado para garantizar el equilibrio armónico de la
libertad de educación de quienes la ofrecen y de quienes la
reciben. (Voto 3550-92 de las 16,00 horas del 24 de noviembre
de 1992).
II.Que mediante la Ley Nº 6693 de 23 de noviembre de 1981 se creó el
Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada,
adscrito al Ministerio de Educación Pública, y que para
facilitar su ejecución se puso en vigencia el Decreto Nº
19650-MEP de 18 de abril de 1990.
III.Que la experiencia ha demostrado que es necesario actualizar
aspectos de la reglamentación vigente con el objeto de que
opere de manera adecuada y en apego a los lineamientos
establecidos por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia y los demás principios constitucionales y legales que
rigen la materia.
IV.Que de conformidad con la facultad otorgada por el artículo 140,
inciso 3) de la Constitución Política corresponde al Poder
Ejecutivo reglamentar las leyes y velar por su exacto
cumplimiento. Por tanto,
Decretan:
El siguiente,
REGLAMENTO GENERAL DEL CONSEJO NACIONAL
DE ENSEÑANZA SUPERIOR UNIVERSITARIA PRIVADA,
CONESUP
CAPITULO I
Del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada
SECCION PRIMERA
Naturaleza, Organización y Funciones
Artículo 1º. DEROGADO por el artículo 65 del Decreto Ejecutivo N° 29631 de
18 de junio del 2001.
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