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 Normativa >> Ley 7514 >> Fecha 06/06/1995 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7514 - Articulo 1
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REFORMA DE LOS ARTICULOS 16 Y 17 DE LA

CONSTITUCION POLITICA

ARTICULO 1.- Reformas

Se reforman los artículos 16 y 17 de la Constitución Política, cuyos

textos dirán:

"Artículo 16.- La calidad de costarricense no se pierde y

es irrenunciable."

"Artículo 17.- La adquisición de la nacionalidad trasciende

a los hijos menores de edad, conforme a la reglamentación

establecida en la ley."

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