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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27570 >> Fecha 16/12/1998 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27570 - Articulo 1
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Artículo 1
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27570 -S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política ; 27 y 28 de la Ley N ° 6227 de 2 de mayo de 1978 "Ley General de la Administración Pública "; 1 y 2 de la Ley N ° 5395 de 30 de octubre de 1973 "Ley General de Salud".        

Considerando:

1° Que del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 1999, el Colegio de Médicos  y Cirujanos de Costa Rica organizará el LXI Congreso Médico Nacional- Regional.

2°—Que las actividades que se realizarán en dicho evento, se consideran de importancia para el país en materia de Salud, toda vez que reunirá a Profesionales de las Ciencias de la Salud , tanto del sector publico como del sector privado del país.

3°—Que los organizadores del evento han solicitado al Ministerio de Salud la declaratoria de interés público y nacional de las actividades citadas. Por tanto,

DECRETAN:

Artículo 1°—Se declaran de interés nacional y público, las actividades que llevará a cabo el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, con motivo de la realización del LXI Congreso Médico Nacional-Regional, que tendrá lugar en nuestro país" del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 1999.

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