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 Normativa >> Ley 7014 >> Fecha 28/11/1985 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 7014 - Articulo 1
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Artículo 1
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Ley Nº 7014
 
LEY DE CREACIÓN DE LA OFICINA DEL ARROZ
 
La presente norma ha sido DEROGADA EN SU TOTALIDAD por el artículo 59 de la Ley Nº. 8285
de 30 de mayo de 2002, Ley de Creación de la Corporación Arrocera.
 
CAPÍTULO I
De la finalidad, objetivo y naturaleza
 

Artículo 1º.- Esta ley tiene como objetivo establecer un régimen de relaciones entre productores y beneficiadores de arroz, que garantice la participación racional y equitativa de ambos sectores en esa actividad económica, de acuerdo con el interés superior que para la población nacional tiene todo lo relacionado con el más importante producto de consumo popular.

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