Buscar:
 Normativa >> Ley 2200 >> Fecha 31/03/1958 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Ley 2200 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
1

ARTICULO 1º.- Declárese el Hospital Nacional para Tuberculosis una

unidad más del Sistema Hospitalario Nacional.

(Derogado por el artículo 71 de la Ley No. 7935 de 25 de octubre de 1999).

Ir al inicio de los resultados