INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
I NSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
La Subgerencia de Telecomunicaciones de conformidad
con lo establecido en el acuerdo firme tomado por el Consejo Directivo en el artículo 26
del acta de la sesión Nº 5572, celebrada el 9 de diciembre del 2003,
publica el "Reglamento para Instalaciones de Telecomunicaciones en
Urbanizaciones", conocido como "RITU".
- REGLAMENTO PARA INSTALACIONES
- DE TELECOMUNICACIONES EN URBANIZACIONES (RITU)
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- CAPÍTULO I
- Disposiciones generales
Artículo 1ºObjeto:
El presente reglamento establece las obligaciones, normas y trámites que deben cumplir
los desarrolladores / urbanizadores tanto públicos como privados, para llevar a cabo la
construcción de Redes de Telecomunicaciones (aéreas o canalizadas), en los nuevos
desarrollos urbanísticos y su conexión con las Redes del Sistema Nacional de
Telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley de Planificación Urbana y
el Reglamento para el Control Nacional de Fraccionamientos y Urbanizaciones.
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