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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25752 >> Fecha 01/08/1996 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 25752 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 25752-PLAN

N° 25752-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA

    En uso de las facultades establecidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política y en el inciso 1) del artículo 27 de la Ley General de Administración Pública,

Considerando:

    I.— Que para los propósitos del presente Decreto, se entenderá por:

El GOBIERNO: El Gobierno de la República de Costa Rica.
El FIDA: El Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola.
El BCIE: El Banco Centroamericano de Integración Económica.
MIDEPLAN: El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.
El MAG: El Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República de Costa Rica.
El FIDA-235/CR: El Contrato de Préstamo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, suscrito el 14 de marzo de 1989, con sus anexos 1, 2, 3, 4, 5 y las "Condiciones Generales Aplicables a los Contratos de Préstamo y los Contratos de Garantía", aprobado mediante artículo 1° de la Ley N° 7170 de 24 de julio de 1990.
El BCIE-12-FDS: El Contrato de Préstamo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica, suscrito el 13 de febrero de 1989, aprobado mediante artículo 2° de la Ley de la República de Costa Rica N° 7170 de 24 de julio de 1990.
El PROYECTO: El Proyecto de Crédito y Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Zona Norte del País, contenido en el Contrato de Préstamo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, suscrito el 14 de marzo de 1989 y en el Contrato de Préstamo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Banco Centroamericano de Integración Económica, suscrito el 13 de febrero de 1989; y
La UEP: La Unidad Ejecutora del Proyecto de Crédito y Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Zona Norte del País.

    II.—Que mediante acuerdo ejecutivo N° 016-96-PLAN-MAG-H de 1° de agosto de 1996 se convino, de conformidad con intercambio de notas del GOBIERNO con el FIDA y con el BCIE, que las actividades del PROYECTO ejecutado mediante las condiciones establecidas en la Ley N° 7170 de 24 de julio de 1990, asignadas originalmente a MIDEPLAN, continúen siendo asumidas por el MAG.

    III.—Que según el acuerdo ejecutivo N° 016-96-PLAN-MAG-H, las actividades del PROYECTO, asignadas originalmente a cargo de MIDEPLAN, con relación - entre otras - a la ejecución, coordinación y responsabilidad global del PROYECTO, el funcionamiento de la UEP y su personal, la designación del Director de la UEP y sus responsabilidades, continuarán siendo competencia del MAG.

    IV.—Que de conformidad con el acuerdo ejecutivo N° 016-96-PLAN-MAG-H, la UEP se financiará con los recursos provenientes del FIDA-235/CR y del BCIE-12-FDS y su personal asignado se regirá por un Reglamento Interno que elaborará el MAG, a fin de facilitar una administración adecuada de los recursos humanos. Este Reglamento deberá ajustarse a los lineamientos de la Autoridad Presupuestaria y definirá condiciones idénticas de selección y retribución a las establecidas para funcionarios públicos del Gobierno Central en actividades iguales o similares.

    V.—Que en virtud de que la administración de recursos humanos de la UEP corresponde al MAG, resulta innecesaria la aplicación del "Reglamento Autónomo de Servicio de la Unidad Ejecutora del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica para el Proyecto de Crédito y Desarrollo Agrícola para Pequeños Productores de la Zona Norte del País", por lo que es procedente la derogatoria del mismo. Por tanto,

DECRETAN :

    Artículo 1°Derogar el decreto ejecutivo N° 21633-PLAN de 3 de agosto de 1992, y sus reformas según artículo 2° del decreto ejecutivo N° 22497-MIDEPLAN de 12 de agosto de 1993, artículo 2° del decreto ejecutivo N° 23292-MIDEPLAN de 11 de marzo de 1994 y artículo 3° del decreto ejecutivo N° 24710-PLAN de 29 de septiembre de 1995.

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