Nº 33208
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 15 del Reglamento de
Organización y Funciones de la Oficialía Mayor y Dirección Administrativa y
Financiera del Ministerio de Hacienda aprobado mediante decreto ejecutivo N°
43057 del 12 de abril del 2021)
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE HACIENDA
En
uso de las facultades que les confiere los numerales 11, 140 inciso 18) y 146,
de la Constitución Política, los artículos 11, 25, inciso 1), artículo 27
inciso 1) y artículo 28 inciso 2) acápite 2, de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta
y ocho y sus reformas; en el Estatuto de Servicio Civil o Ley Nº 1581 del 30
del mes de mayo de 1953, en la Ley de Planificación Nacional o Ley Nº 5525 del
2 de mayo de 1974, en la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre del 2001 y su Reglamento
Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero del 2006 en el Decreto
Ejecutivo Nº 21 del 14 de diciembre de 1954 y sus reformas, o Reglamento al
Estatuto del Servicio Civil, en el Decreto Ejecutivo Nº 25271-H del 14 de junio
de 1996 o Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Hacienda y sus
reformas.
Considerando:
1º-Que
mediante Decreto Nº 26128-H publicado en La Gaceta Nº 127 del 3 de julio
de 1997, se reestructuró la Oficialía Mayor y Dirección Administrativa y se
creó la Dirección General Administrativa y Financiera del Ministerio de
Hacienda.
2º-Que
mediante oficio DM-082-2003 de fecha 21 de febrero del 2003 el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica aprueba la creación de la
Proveeduría Institucional en la estructura de la Dirección Administrativa y
Financiera del Ministerio de Hacienda.
3º-Que
mediante oficio DM-1125-2005 de fecha 29 de julio del 2005 el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica aprueba la estructura
organizacional de la nueva Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio
de Hacienda, autorizando la centralización de las funciones
administrativo-financieras de la Institución.
4º-Que
los Departamentos creados mediante el oficio mencionado en el Considerando
anterior ya existen en la organización y se oficializan mediante la nueva
estructura aprobada.
5º-Que
la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública, publicada en el
Alcance Nº 90 a La Gaceta Nº 102 del 30 de mayo de 1978, en su artículo
89 autoriza a los servidores públicos a delegar funciones propias en su
inmediato inferior. Por tanto:
DECRETAN:
"Reglamento de Organización de la Dirección
Administrativa y Financiera del Ministerio de
Hacienda"
Artículo
1º-La Dirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Hacienda tiene
como misión servir de soporte a la producción eficiente y eficaz del
Ministerio, mediante la adecuada y oportuna dotación, gestión y control de los
recursos humanos, financieros, materiales y de servicio bajo los principios de
transparencia y legalidad.