Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27476 >> Fecha 06/11/1998 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 27476 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1
N° 27476-S

N° 27476-S

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD,

 

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 28, inciso 2.b de la Ley General de la Administración Pública, 1°, 2°, 4°, 7° y 95 de la ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”,

 

1.—Que mediante decreto ejecutivo N° 16765-S del 13 de diciembre de 1985, publicado en “La Gaceta” N° 10 del 15 de enero de 1986, el Poder Ejecutivo promulgó el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos Privados.

2°—Que existe en el mercado disponibilidad de productos de nombre genérico con efectos equivalentes a los productos de nombre registrado.

3°—Que los medicamentos de nombre genérico por lo general se expenden al consumidor a un precio sustancialmente menor al de los productos de nombre registrado. Es necesario que el consumidor tenga acceso directo al precio de este tipo de medicamentos.

4°—Que el Gobierno de la República está comprometido a lograr una disminución en los precios de los medicamentos y a facilitarle a toda la población el acceso a éstos, por lo que ha decidido tomar un conjunto de medidas que pretende lograr este cometido. Por tanto,

 

DECRETAN:

 

Artículo 1°—Adiciónase un párrafo al artículo 59 del decrete ejecutivo N° 16765-S del 13 de diciembre de 1985 “Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos Privados” que en lo sucesivo se leerá así

“Las farmacias y los botiquines deberán exponer en un lugar visible y al alcance del público, los precios de los medicamentos de nombre genérico.”


 

Ir al inicio de los resultados