N° 21932
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 7° del decreto ejecutivo N°
24856 del 1 de noviembre de 1995)
N° 21932
EL PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA ECONOMICA Y
DE AGRICULTURA Y GANADERIA,
De conformidad con lo señalado en los
incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política;
Considerando:
1°-Que el 13 de marzo de 1986 se firmó un
Acuerdo Financiero entre el Gobierno de Costa Rica y la Comisión de las
Comunidades Europeas para Desarrollar el Proyecto de Desarrollo Rural Integrado
Osa Golfito CEE NN8506.
2°-Que mediante Decreto Ejecutivo N°
17116PLAN del 22 de julio de 1986, se definió que las actividades del Proyecto
y las normas de su dirección y administración estarían a cargo del Ministerio
de Planificación Nacional y Política Económica.
3°-Que dentro del proceso de
reestructuración del Sector Público y redefinición de ámbitos de competencia de
las instituciones estatales, es interés del Gobierno de Costa Rica buscar los
mecanismos legales y administrativos que permitan una mejor implementación de
dicho Proyecto.
4°- Que después de más de seis años de
ejecución y con la finalidad de procurar y asegurar una mejor coordinación de
las políticas públicas desarrolladas por medio del Proyecto Osa-Golfito en la
Zona Sur, es importante trasladar la Unidad Ejecutora al Ministerio de
Agricultura y Ganadería.
5°-Que el Proyecto Osa Golfito ha venido
trabajando con un Comité Director integrado según lo establecido en el Acuerdo
Financiero supramencionado, por lo que se hace necesario reafirmar su
composición. Por tanto;
DECRETAN:
Artículo 1°- Se autoriza a la Comisión de
las Comunidades Europeas a continuar desarrollando en Costa Rica el Proyecto
Osa Golfito CEE/8506, de apoyo al reordenamiento agrario y al desarrollo rural
integrado de los Cantones de Osa y Golfito, durante el año de 1993 y durante
las prórrogas, ampliaciones o etapas posteriores que oportunamente se
acordaren.
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