N° 34306-MTSS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en el
artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución
Política, el artículo 28 inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública N° 6683 del 14 de octubre de 1982, la Ley del Sistema Nacional de
Archivos N° 7202 del 24 de octubre de 1990 y la Ley de Control Interno N° 8292, artículo 8 del 31
de julio del 2002.
Considerando:
1°-Que el artículo 41 de la
Ley del Sistema Nacional de Archivos, N° 7202, del 24 de
octubre de 1990, dispone que todas las instituciones públicas deberán contar
con un Archivo Central y con los Archivos de Gestión necesarios para la debida
conservación y organización de sus documentos.
2°-Que a la fecha el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social según Ley
1860 Ley Orgánica y el decreto N° 30394-MTSS ha creado su Archivo Central según
mandato legal.
3°-Que el Archivo Central consecuentemente deberá cumplir con la ley y
garantizará la conservación y organización de los documentos del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, así mismo garantizará el patrimonio nacional.
4°-Que en cumplimiento con los fines y objetivos, el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social deberá impulsar el desarrollo de información,
apoyando al Archivo Central, para que este pueda garantizar una mayor
eficiencia, confiabilidad y eficacia en el manejo de la toma de decisiones. Por
tanto,
DECRETAN:
Reglamento del Sistema Institucional de
Archivos
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°-El presente reglamento se dicta de conformidad con la Ley N° 7202 del Sistema
Nacional de Archivos y su respectivo reglamento decreto N° 24023-C; el cual
regulará el funcionamiento del Sistema Institucional de Archivos del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, que se denominara como SIAR-MTSS.