EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE JUSTICIA
De
conformidad con las atribuciones que les conceden los incisos 3) y 18) del
artículo 140 de la Constitución Política.
Considerando:
1º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo Nº 17646-J del 29 de julio de 1987, se crea la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, en adelante
“Conamaj”, a la cual se le ha encargado coordinar actividades, supervisar,
promover y difundir estudios e investigaciones, publicaciones, programas de
asistencia técnica y capacitación de funcionarios públicos de las entidades que
conforman el sector justicia, abogados y particulares, identificando
necesidades, formulando junto con las entidades del sector proyectos y planes
de acción, que han contribuido al mejoramiento de la administración de
justicia.
2º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 23117-J del 7 de abril de 1994, se modifica el Decreto Ejecutivo
Nº 17646-J del 29 de julio de 1987, actualizando su integración.
3º—Que la
Conamaj es un órgano que ha estado integrado por jerarcas de los
poderes del Estado, la Procuraduría General de la República, la Defensoría de los Habitantes de la República, la Facultad de Derecho de la
Universidad de Costa Rica y el Colegio de Abogados, siendo la única
instancia que reúne a todos los representantes del sector justicia.
4º—Que el Tribunal Supremo
de Elecciones enmarca su labor dentro del ámbito de la
Justicia electoral al desempeñarse como órgano supremo de la
administración electoral y, concomitantemente, como juez electoral; asimismo,
desde la génesis jurisprudencial del recurso de amparo electoral y la acción de
nulidad, la jurisdicción electoral ha estado expuesta a un proceso de
crecimiento y consolidación acelerados, por lo que debe pasar a formar parte de
la Conamaj.
5º—Que la Contraloría General de la República, en razón de sus competencias constitucionales y
legales, imparte justicia administrativa en el ámbito de la hacienda pública.
6º—Que ante esta nueva
integración del sector justicia, resulta necesario actualizar el Decreto Nº
23117-J, de acuerdo a los nuevos retos y las actuales necesidades que enfrenta
el sector justicia. Por tanto,
Decretan:
Reglamento
de la Comisión Nacional
para el
Mejoramiento de la Administración
de Justicia
CONAMAJ
Artículo
1º—Créase la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.