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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 29/04/2009 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 1
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AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

(Esta norma fue derogada por el artículo 15 del Reglamento para la fijación de las bases y condiciones para la fijación de precios y tarifas , aporbado mediante resolución N° RJD-129-2015 aprobada mediante sesión ordinaria N° 32-2015 del 16 de julio del 2015)

REGLAMENTO PARA LA FIJACION DE LAS BASES

Y CONDICIONES PARA LA FIJACION DE PRECIOS Y TARIFAS

 

TÍTULO I

Disposiciones Generales

 

CAPÍTULO I

Objeto y ámbito de aplicación

 

Artículo 1º—Objeto del Reglamento. El presente Reglamento tiene como objeto el establecimiento de los procedimientos que seguirá la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) para la determinación de los precios y las tarifas de los servicios de telecomunicaciones que se brinden en Costa Rica, siempre y cuando tales servicios no se presten en condiciones de competencia, en concordancia con lo estipulado en el Capítulo II del Título III de la Ley General de Telecomunicaciones, Nº 8642 de 30 de junio del 2008.

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