Buscar:
 Normativa >> Resolución 0 >> Fecha 20/10/2009 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Resolución 0 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1    (No vigente*)
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior
INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL.

(Esta norma fue derogada por el artículo 33 del Reglamento para la atención en el Instituto Mixto de Ayuda Social de las denuncias sobre actos de corrupción y enriquecimiento ilícito en el ejercicio de la función pública, aprobado mediante sesión ordinaria  067-10-2014 del 16 de octubre del 2014)

Al ser las quince horas del 20 de octubre del año dos mil nueve, se procede a emitir la siguiente Resolución. 

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y el Reglamento que la desarrolla, incorporan la regulación correspondiente a los trámites de denuncia cuando se produzcan situaciones de este tipo, en las acciones u omisiones de los servidores públicos.

2º—Que en desarrollo de la normativa de cita, dentro del Plan de Medidas de Mejoras de Control Interno, incorporado en el “Informe de Resultados de la Autoevaluación del Sistemas de control Interno, año 2008”, se considera necesaria la emisión de una normativa interna que regule el procedimiento institucional para canalizar este tipo de denuncias en el IMAS.

3º—Que, mediante Acuerdo Nº 087-09 del Consejo Directivo del IMAS, se aprueba el “Informe de Resultados de la Autoevaluación del Sistemas de control Interno, año 2008”

4º—Que mediante oficio Nº GG-2233-10-2009 del 7 de octubre del año en curso, esta Gerencia General aprueba el “Procedimiento Administrativo para el Trámite ante el Instituto Mixto de Ayuda Social, de Denuncias sobre Corrupción y Enriquecimiento Ilícito”.

5º—Que, como parte de los requisitos para la eficacia de la normativa de las Instituciones Públicas, el artículo 4 de la Ley Nº 8220, Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, debe ser publicado para ser conocimiento de los administrados.

 

Considerando:

 

I.—Objeto: La creación de este instrumento de control tiene como objetivo la constitución de un insumo que facilite la labor de los agentes internos y externos del IMAS, al tratarse de un documento dirigido a definir el trámite de denuncias que se utilizará por la Institución, de conformidad con la Ley Nº 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.  Esto permitirá que los administrados puedan ver atendidos adecuadamente sus derechos, en el momento en que se produzca una conducta irregular por parte de algunos de los funcionarios de la Institución.

II.—Competencia. El/La Gerente General del IMAS dispone de competencia para aprobar manuales y normas de procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 33. h del Decreto Nº 26940.

III.—Publicidad. Esta norma deberá cumplir con los principios de publicidad, transparencia y comunicación definidos en la Ley Nº 8220, la Guía para la Generación y Control de Procedimientos, Circulares, Instructivos y Registros aprobada en la Institución y demás normativa relacionada. Por tanto;

Con base en las consideraciones citadas, en la Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social Nº 4760 y normas conexas, y en la Ley General de la Administración Pública, 

LA GERENTE GENERAL DEL IMAS

RESUELVE

I.—Comunicar la aprobación del “Procedimiento Administrativo para el Trámite ante el Instituto Mixto de Ayuda Social, de Denuncias sobre Corrupción y Enriquecimiento Ilícito” del IMAS”, dada por esta Gerencia General el día 7 de octubre  del 2009.

(*) II.—Comunicar a todos los interesados que el texto completo de la norma de cita y sus anexos se encuentran a su disposición en las Oficinas de la Institución, asimismo, se encuentra disponible en la página web de este Instituto: www.imas.go.cr.

III.—Ordenar la publicación de esta resolución, de forma completa, en el Diario Oficial La Gaceta.

Es todo. Comuníquese.

 

(*) (Nota de SinaleviI: Tal como se indica en el aparte II de esta resolución, el texto del Procedimiento Administrativo para el Trámite en el Instituto Mixto de Ayuda Social, de las Denuncias sobre Corrupción y Enriquecimiento Ilícito, que contiene la presente norma se extrajo de la dirección electrónica de este Instituto: www.imas.go.cr., por lo que se transcriben a continuación:

 

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL TRÁMITE,

 EN EL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL,

 DE DENUNCIAS SOBRE CORRUPCIÓN Y ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO.

 

Contenido del Manual

Artículo 1. Objetivo. 5

Artículo 2. Cobertura. 5

Artículo 3. Glosario. 5

Artículo 4. Obligaciones de los funcionarios (as) 6

Artículo 5. Normativa Aplicable. 8

Artículo 6. Del procedimiento para el trámite de denuncias sobre corrupción y enriquecimiento ilícito de los (as) funcionarios del IMAS. 8

Artículo  7.  Aplicación del procedimiento administrativo ordinario. 9

Artículo 8. Causales en los que procede el trámite del procedimiento administrativo de denuncia sobre corrupción e enriquecimiento ilícito de funcionarios de la institución. 9

Artículo 9.  Verificación de los hechos. 10

Artículo 10. Impulso del procedimiento. 11

Artículo 11. Celeridad del trámite. 11

Artículo 12. Deber de denunciar 11

Artículo 13. Garantía de Confidencialidad. 12

Artículo 14. De los denunciantes. 13

Articulo 15. De la Contraloría de Servicios Institucional 13

Artículo 16.  Denuncias anónimas. 13

Artículo 17. Interposición de la denuncia. 14

Artículo 18.  De las denuncias escritas. 15

Artículo 19.  De las denuncias verbales. 16

Artículo 20. Contenido y requisitos de la denuncia presentada. 16

Artículo 21.  Admisibilidad de la denuncia. 17

Artículo 22.  De la Investigación Preliminar 17

Artículo 23.  Parámetros de admisibilidad y rechazo. 18

Artículo 24. Rechazo de la denuncia. 18

Artículo 25.  Comunicaciones dentro del procedimiento. 19

Artículo 26. Del acto de apertura. 19

Artículo 27.  Del acceso al Expediente. 21

Artículo 28. Del denunciado. 21

Artículo 29. De la parte coadyuvante. 22

Artículo 30. Comparecencia. 22

Artículo 31. Formalidad de la comparecencia. 23

Artículo 32. Dirección de la comparecencia. 23

Artículo 33.  Recibo de prueba. 23

Artículo 34. Derechos en la comparecencia del denunciado. 24

Artículo 35. Interrogatorios entre las partes y de testigos. 24

Artículo 36.  Del Falso Testimonio. 25

Artículo 37. Exhibición de prueba. 25

Artículo 38. Dictámenes técnicos. 25

Artículo 39.  Acto Administrativo Final 25

Artículo 40. Momento para dictar el acto final 26

Artículo 41. Requisito de Eficacia. 26

Artículo 42. Requisitos de comunicación del acto final 26

Artículo 43. Recursos. 27

Artículo 44. Redacción de los recursos. 27

Artículo 45. Normativa Supletoria. 27

Articulo 46. Disposiciones  Finales. 27

Artículo 47. Vigencia. 28

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL TRÁMITE, EN EL INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL,  DE LAS DENUNCIAS SOBRE CORRUPCIÓN Y ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO.

Artículo 1. Objetivo

Mediante el presente manual se norman los procedimientos de recepción, investigación, atención y archivo de las denuncias presentadas a nivel institucional, ante presuntas violaciones a la normativa establecida en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento en la Función Pública, el Reglamento que la desarrolla y el Reglamento Autónomo de Servicios del IMAS.

Ir al inicio de los resultados