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 Normativa >> Reglamento municipal 16 >> Fecha 21/04/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 16 - Articulo 1
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MUNICIPALIDAD DE OSA
(Esta norma fue derogada por el artículo 23° del Reglamento Tarifario de Residuos Sólidos, aprobado en sesión N° 37 del 14 de setiembre de 2011)

La Municipalidad de Osa en uso de las facultades que le confiere el Código Municipal, la Constitución Política y las leyes de la República de Costa Rica establece el siguiente Reglamento para el cobro de la recolección y disposición final de desechos sólidos tradicionales, por categoría. Así como , para el cobro de la disposición final de desechos sólidos voluminosos.

CAPÍTULO I

Definiciones

Artículo 1º— Para los efectos de este reglamento entiéndase por:

 

a. Basura tradicional: Desechos sólidos generados tradicionalmente dentro de los que se encuentran el papel, cartón, plástico, alimentos y orgánicos, que son el resultado de las actividades cotidianas de las distintas unidades habitacionales, patentados y entes de carácter estatal público o no público que no sea privado.

b. Categoría: Ubicación de un contribuyente de acuerdo a la estimación de basura que genera por semana.

c. Desechos: Basura tradicional

d. Desechos voluminosos: Todo desecho producto de limpieza de áreas verdes, ramas, troncos, maleza, chatarra metálica, electrodomésticos, muebles, desechos de remodelaciones, escombros, desechos constructivos, maderas de formaleta, láminas metálicas, varillas y otros, los cuales se pueden considerar inertes.

e. Desechos especiales: Son todos aquellos indicados en el artículo Nº 6, del Capítulo II, del Reglamento sobre manejo de basuras, según Decreto Nº 19049-S, del 7 de julio de 1989. Entre los cuales se contemplan las basuras patógenas, tóxicas, combustibles inflamables, explosivos, químicos, radiactivos y cualquier otra que requiera un manejo especial por su condición.

f. Factor de generación: Es el rango en el que se ubica un usuario dependiendo de la cantidad estimada de basura producida por semana, tomando como base la generación de basura estimada para una unidad habitacional.

g. Factor de ponderación: Unidades equivalentes de acuerdo a la generación de basura de un determinado lugar, tomando como base la generación de basura estimada para una unidad habitacional.

h. Municipalidad: Municipalidad de Osa.

i. Servicio de recolección: Servicio de transporte de desechos sólidos recolección de basura tradicional.

j. Servicio de disposición final: Servicio de manejo de los desechos en el relleno sanitario, el cual puede ser de desechos tradicionales o de desechos voluminosos (no tradicionales).

k. Tasa de los servicios de recolección y disposición final de desechos tradicionales por categoría: Cobro al contribuyente en proporción a la cantidad estimada de desechos genera por semana.

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