BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
(Nota de Sinalevi: EL Banco
Popular y de Desarrollo Comunal aprobó un nuevo Reglamento
del sistema archivístico del Conglomerado Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
en sesión N° 5778 del 26 de octubre del 2020)
La
Junta Directiva Nacional, en sesión Nº 4770 del 15 de julio
del 2010 aprobó el “Reglamento del Sistema Archivístico Institucional del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal” el cual debe leerse de la siguiente manera:
REGLAMENTO DEL
SISTEMA ARCHIVÍSTICO
INSTITUCIONAL DEL
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO
COMUNAL
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—El presente Reglamento se dicta de conformidad
con el artículo 24 b de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal, la Ley
del Sistema Nacional de Archivos y su Reglamento, y regula el funcionamiento
del Sistema Archivístico Institucional del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal, el cual estará conformado por: la Unidad Centro de
Documentos, a cargo del Archivo Central, archivos de gestión de las diferentes
unidades administrativas del Banco, archivos regionales y el Comité
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos. La Unidad Centro de
Documentos es el órgano rector del Sistema.
|