AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
(Esta
norma fue derogada por el artículo 79 del Reglamento de Organización y
Funcionamiento de la Auditoría Interna del Sistema nacional de Áreas de
Conservación, aprobado en sesión R-SINAC-CONAC-038 del 17 de agosto de 2016)
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS
DE CONSERVACIÓN
R-SINAC-030-2010
El Consejo Nacional de Áreas de Conservación en acuerdo Nº 4 de la sesión
ordinaria Nº 03-2010 del 19 de abril del 2010, de conformidad con el artículo
12 inciso c) del Reglamento a la Ley de Biodiversidad Nº 7788, Decreto
Ejecutivo Nº 34433-MINAE, aprueba y emite el presente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y
FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA
Dicho reglamento, cuenta con la aprobación respectiva de la División de
Fiscalización Operativa y Evaluativa, Área Servicios Públicos Generales,
Ambientales y Agropecuarios de la Contraloría General de la República, según
consta en oficio Nº 5377, DFOE-PGAA-0298 del 01 de junio del 2010.
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN
CAPÍTULO
I: DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO
II: ORGANIZACIÓN DE LA AUDITORÍA INTERNA
Sección I. Concepto de la Auditoría Interna
Sección II. De la Ubicación y Estructura Organizativa
Sección III. De la independencia y objetividad
Sección IV. Del Auditor o Auditora y Subauditor o Subauditora
Sección V. Del personal de la Auditoría Interna
Sección VI. De las relaciones y coordinaciones
Sección VII. De la asignación y administración de recursos
CAPÍTULO
III: FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA
Sección I. De las competencias, deberes, potestades,
prohibiciones e impedimentos
Sección II. Planificación de la Auditoría Interna
Sección III. De los servicios de Auditoría Interna
Sección IV. Comunicación de resultados e Informes
Sección V. Del
Trámite de denuncias
Sección VI. Del informe de seguimiento
CAPÍTULO
IV: DISPOSICIONES FINALES
PRESENTACIÓN
El presente Reglamento regula la organización y
funcionamiento de la Auditoría Interna como componente orgánico del sistema de
control interno y parte fundamental del Sistema de Control y Fiscalización
Superiores de la Hacienda Pública.
De conformidad con lo que establece el artículo 21
de la Ley General
de Control Interno (Ley Nº 8292), la Auditoría Interna
constituye la actividad independiente, objetiva y asesora, que contribuye a que
se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque
sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la
administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección. La Auditoría Interna
proporciona a la ciudadanía una garantía razonable en cuanto a que la actuación
del jerarca y la del resto de la administración se ejecuta conforme al marco
legal y técnico y las prácticas sanas.
Para el ejercicio de la acción fiscalizadora se
requiere contar con un marco legal que regule la actividad de la auditoría y
precisamente dentro de ese contexto se formula el presente Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna
del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.
Este reglamento que consta de cuatro capítulos,
establece la forma cómo se organiza y funciona la Auditoría Interna,
con el propósito de coadyuvar con el logro de los objetivos institucionales de
dicho Sistema.
El primer capítulo contiene las disposiciones de
carácter general.
El capítulo segundo describe la organización de la Auditoría Interna
y se enuncian temas tales como: el concepto de auditoría interna, la
independencia y objetividad, la ubicación y estructura organizativa, la
normativa relativa a los cargos de Auditor o Auditora y Subauditor
o Subauditora Internos y del personal de esta unidad,
las relaciones y coordinaciones tanto a nivel interno como externo, necesarias
para el ejercicio de la función fiscalizadora, y por último, el tema relativo a
la asignación y administración de los recursos que le son conferidos para
llevar a cabo su gestión.
El capítulo tercero define las pautas sobre el
funcionamiento de la Auditoría Interna, define las competencias,
deberes, potestades y prohibiciones a las que está sujeto el personal, la
planificación de la actividad de auditoría interna, los servicios que se
prestan y la comunicación de los respectivos resultados, el trámite que
conllevan los informes y finalmente lo que corresponde al tema relacionado con
la atención de denuncias.
Por último, el capítulo cuarto se refiere a las
disposiciones finales y Transitorios.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento regula la organización
y funcionamiento que de acuerdo con la ley corresponde a la Auditoría Interna
como componente orgánico del Sistema de Control Interno y parte fundamental del
Sistema de Control y Fiscalización de la Hacienda Pública.
Dicho reglamento establece la forma cómo se organiza y funciona la Auditoría Interna,
con el propósito de coadyuvar al éxito de la gestión institucional del Sistema
Nacional de Áreas de Conservación.