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 Normativa >> Directriz 012 >> Fecha 12/08/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Directriz 012 - Articulo 1
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Artículo 1
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DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

                                   San José, 12 de agosto de 2010

DIRECTRIZ

DIR-DGT-012-2010

Señores (as)

Transportistas Aduaneros

Agentes Aduaneros y Agencias de Aduana,

Empresas de Zonas Francas, Auxiliares de la Función Pública Aduanera,

Gerentes, Subgerentes, Directores,

Funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas

                                            Asunto: Declaración de la información de la factura comercial en los DUAs de Traslado y Tránsito Aduanero.

Estimados señores:

Por medio de la presente, la Dirección General de Aduanas, emite la directriz denominada “Declaración de la información de la factura comercial en los DUAs de traslado y tránsito aduaneros”, con fundamento en las potestades otorgadas en los artículos 9º, 11 y 12 de la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 20 de octubre de 1995 y sus reformas, artículos 18, 20 inciso b) y 265 incisos k) y 1) de su Reglamento, Decreto Nº 25270-H del 14 de junio de 1996 y sus reformas.

I. Motivación

Como parte importante de la labor de la Dirección General de Aduanas está la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras previstas en Ley General de Aduanas y demás disposiciones, en razón de dicha función, se realizó un ajuste al Sistema Informático TIC@ para que de conformidad con la legislación aduanera vigente, la información relacionada con la factura comercial y el conocimiento de embarque se declare en los DUAs de traslado y tránsito aduanero.

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