INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
El Instituto del Café de Costa Rica, informa que su
Junta Directiva en sesión 1845 de fecha 04 de agosto del 2010, mediante acuerdo
Nº 9, aprobó el Reglamento de Administración de Bienes Muebles. Por tanto, se
informa que el texto completo del Reglamento se encuentra a disposición del
público en el sitio web del Instituto del Café de Costa Rica (www.icafe.go.cr) a partir del día siguiente a
la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta.
Publíquese
(Nota Sinalevi: El
presente Reglamento se extrajo del sitio web www.icafe.go.cr,
y se transcribe a continuación:)
INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo. El presente reglamento tiene como propósito establecer
las normas y los procedimientos de las operaciones patrimoniales tales como
recepción, registro, inscripción, asignación, traslado, control, préstamo, reparación,
reposición, alta y baja de bienes muebles, relativas a la administración de los
bienes muebles del Instituto del Café de Costa Rica, su preservación,
protección y uso racional, la actualización de los inventarios y el régimen de
responsabilidad que se derive de este proceso para los sujetos que intervienen
en él.
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