Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 13084 >> Fecha 04/11/1981 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 13084 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1    (No vigente*)
Versión del artículo: 3  de 3
Anterior

Nº 13084-C

(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 18370 del 5 de agosto de 1988)

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y la ley número 3656 de 6 de enero de 1966 (Ley Orgánica de la Dirección General de Educación Física y Deportes),

Considerando:

Que el artículo 9º de la ley número 3656 de 6 de enero de 1966, dispone que para su mantenimiento y el de sus instalaciones, la Dirección General de Educación Física y Deportes queda facultada para obtener y gozar del usufructo de su patrimonio y que es conveniente para la Administración Pública que esa dependencia cuente con una adecuada reglamentación que regule todo lo pertinente a los permisos de usos que a particulares concede la Dirección General sobre sus instalaciones.

Por tanto,

DECRETAN:

El siguiente

Reglamento del Artículo 9º de la Ley Nº 3656 de 6 de enero de 1966

CAPITULO I

Disposiciones generales

Artículo 1°.-El presente reglamento regula todo lo concerniente al otorgamiento y aplicación de los permisos de uso concedidos por la Dirección General de Educación Física y Deportes a entidades particulares, para la presentación de actividades deportivas, culturales y cívicas (el término cívico para los efectos de este reglamento incluye los actos organizados por los partidos políticos, tanto dentro o fuera del periodo de campaña electoral).

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 15802 del 12 de diciembre de 1984)

Ir al inicio de los resultados