OPERADORA
PLANES PENSIONES
COMPLEMENTARIAS
S. A.
(Nota de Sinalevi: El texto de este reglamento fue reformado
parcialmente y reproducido de forma íntegra mediante sesión ordinaria 473 del 12
de noviembre de 2015 y publicado en La Gaceta N° 238 del 8 de diciembre de
2015, por lo que se reproduce a continuación:)
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO
Y ORGANIZACIÓN DEL ARCHIVO CENTRAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°—El Archivo Central de la Operadora
de Planes de Pensiones Complementarias de Banco Popular y Desarrollo Comunal S.
A. (en adelante, Popular Pensiones) es la unidad administrativa
que reúne, conserva, clasifica, ordena, describe, selecciona y administra el acervo documental de Popular
Pensiones, compuesto por las Archivos de Gestión de los diferentes
departamentos y áreas de la Operadora. Este archivo está adscrito al Dirección
de Administración. Se regirá por la Ley N° 7202, Ley del Sistema Nacional de
Archivos, su Reglamento, este Reglamento y las demás normativas relacionadas.
(Así reformado en
sesión N° 562 del 29 de mayo de 2019)
|