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 Normativa >> Reglamento municipal 026 >> Fecha 26/10/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 026 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

El Concejo Municipal de Tibás, en su acuerdo V-4 de la sesión ordinaria Nº 026, celebrada el día 26 de octubre del 2010, dispuso lo siguiente:

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO
DE LA SECRETARÍA DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE TIBÁS

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Tibás, considerando:

1)         Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el artículo 4 del Código Municipal, reconocen la autonomía política, administrativa y financiera de las corporaciones municipales.

2)         Que el artículo 53 del citado Código, establece que cada Concejo Municipal, contará con una secretaria o secretario, nombrado(a) por dicho órgano.

3)         Que de acuerdo con la normativa citada, se procede a reglamentar el funcionamiento de la Secretaría del Concejo Municipal, de la siguiente manera:

CAPÍTULO I

Objetivo y ámbito de aplicación

Artículo 1º—Objetivo.

El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que regularán el funcionamiento de la Secretaría del Concejo Municipal.

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