MUNICIPALIDAD DE TIBÁS
El Concejo Municipal de Tibás, en su acuerdo V-4 de la sesión ordinaria Nº
026, celebrada el día 26 de octubre del 2010, dispuso lo siguiente:
- REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO
- DE LA SECRETARÍA
DEL CONCEJO
- MUNICIPAL DE TIBÁS
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Tibás, considerando:
1) Que el artículo 170 de la Constitución Política, así como el
artículo 4 del Código Municipal, reconocen la autonomía política,
administrativa y financiera de las corporaciones municipales.
2) Que
el artículo 53 del citado Código, establece que cada Concejo Municipal, contará
con una secretaria o secretario, nombrado(a) por dicho órgano.
3) Que
de acuerdo con la normativa citada, se procede a reglamentar el funcionamiento
de la Secretaría del Concejo Municipal, de la siguiente manera:
CAPÍTULO I
Objetivo y ámbito de aplicación
Artículo 1º—Objetivo.
El presente Reglamento tiene por objeto establecer
las normas que regularán el funcionamiento de la Secretaría del Concejo
Municipal.
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