MUNICIPALIDAD DE
PARRITA
(Este
Reglamento fue derogado por el artículo 72 del Reglamento del Servicios de
Recolección de Residuos Sólidos del cantón de Parrita por acuerdo N°10 de la
sesión N°2433 del 13 de febrero del 2012)
El Concejo Municipal del
Cantón de Parrita, con fundamento en lo establecido en los artículos 169 y 170
de la Constitución Política, artículos 3º, 4º; inciso a); 13, inciso c); 43, 68
y 74, 75, 76, 76 bis y 73 del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de
1998 y el artículo 278 de la Ley General de Salud Pública emite el presente
Reglamento del servicio de recolección de residuos sólidos, el cual se regirá
por las siguientes disposiciones.
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN
DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANTÓN DE PARRITA
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo 1º—Todo usuario que se encuentre dentro del
área de cobertura del servicio de recolección de residuos sólidos municipales,
deberá cumplir lo estipulado en el presente reglamento.
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