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 Normativa >> Reglamento municipal 2271 >> Fecha 01/02/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 2271 - Articulo 1
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MUNICIPALIDAD DE PARRITA

(Este Reglamento fue derogado por el artículo 72 del Reglamento del Servicios de Recolección de Residuos Sólidos del cantón de Parrita por acuerdo N°10 de la sesión N°2433 del 13 de febrero del 2012)

El Concejo Municipal del Cantón de Parrita, con fundamento en lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, artículos 3º, 4º; inciso a); 13, inciso c); 43, 68 y 74, 75, 76, 76 bis y 73 del Código Municipal, Ley Nº 7794 del 30 de abril de 1998 y el artículo 278 de la Ley General de Salud Pública emite el presente Reglamento del servicio de recolección de residuos sólidos, el cual se regirá por las siguientes disposiciones.

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN

DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL CANTÓN DE PARRITA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Todo usuario que se encuentre dentro del área de cobertura del servicio de recolección de residuos sólidos municipales, deberá cumplir lo estipulado en el presente reglamento.

 

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