Nº
36513-MINAET-MEP-MOPT-MBSF-C-PLAN-MIVAH-S-MAG
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
LOS MINISTROS DE AMBIENTE, ENERGÍA Y
TELECOMUNICACIONES, DE EDUCACIÓN PÚBLICA,
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, DE BIENESTAR
SOCIAL Y FAMILIA, DE CULTURA Y JUVENTUD, LAS
MINISTRAS DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL Y POLÍTICA
ECONÓMICA, DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS
HUMANOS, DE SALUD Y LA MINISTRA DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3, 8, 18,
20 y 146 de la Constitución Política, en el Libro Primero, Título Segundo de la
Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley
Orgánica del Ambiente N° 7554 del 4 de octubre de 1995; la Ley Forestal Nº 7575
del 13 de febrero de 1996, la Ley de Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de
1998; el Decreto Ejecutivo Nº 34945-MINAET del 1º de octubre de 2008, Creación
de la Comisión Técnica para el Manejo y Desarrollo Integral de la Cuenca del
Río Grande de Térraba (PROTÉRRABA); y,
Considerando:
1º—Que es indispensable construir mecanismos de articulación
interinstitucional para atender el desarrollo integral de la zona Sur en el
marco del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís, así como promover la coordinación
intersectorial, que faciliten los procesos de concertación y planificación.
2º—Que la Zona Sur, en el marco del Proyecto
Hidroeléctrico El Diquís, se caracteriza por condiciones pluriculturales y
multiétnicas, así como por una realidad compleja a nivel socioeconómico que
obligan a una atención prioritaria por parte del Gobierno Central y sus
instituciones para abordar dicha situación de forma integral.
3º—Que las instituciones deben establecer una
relación de respeto y transparencia hacia las comunidades considerando su
cultura y diversidad étnica.
4º—Que los procesos de coordinación, deben
constituir un esfuerzo constante y sostenido, que permitan maximizar y
optimizar los recursos del Estado para propiciar una mejor calidad de vida de
la población, lo cual ha sido reiterado por la jurisprudencia constitucional
que ha enfatizado el deber de coordinación entre agencias públicas, como un
medio para preservar y garantizar los derechos fundamentales de las personas, a
través de una acción administrativa bien orientada, eficiente y eficaz.
5º—Que de conformidad con el artículo 56 de la Ley
Orgánica del Ambiente, los recursos energéticos constituyen factores esenciales
para el desarrollo sostenible del país. Por lo que el Estado mantendrá un papel
preponderante y dictará las medidas generales y particulares, relacionadas con
la investigación, la exploración, la explotación y el desarrollo de esos
recursos, con base en lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo.
6º—Que una de las metas del Plan Nacional de
Desarrollo 2011-2014 “María Teresa Obregón Zamora” es el impulso del aprovechamiento
de las fuentes renovables de energía de que dispone, para alcanzar que el 95%
de la energía nacional se sustente en fuentes renovables.
7º—Que el Proyecto Hidroeléctrico El Diquís, es un
proyecto de desarrollo requerido por el país, el cual forma parte del Plan de
Expansión de Generación Eléctrica, por lo que su implementación oportuna es de
interés público, a fin de suplir la demanda energética, y reducir la
dependencia de combustibles importados, así como aprovechar mejor las fuentes
de energía renovables.
8º—Que el Proyecto Hidroeléctrico El Diquís
aumentaría el porcentaje de la producción de electricidad de fuentes
renovables, lo cual contribuye a las acciones de país para mitigar el cambio
climático y para el cumplimiento de la meta de carbono neutralidad a futuro.
9º—Que el Ministerio de Ambiente, Energía y
Telecomunicaciones es el ente rector del Sector Energía y como tal tiene como
misión la coordinación de los distintos entes del Sector Eléctrico, incluyendo
instituciones autónomas, entes privados, organizaciones y grupos de poder de la
sociedad civil y a la Presidencia de la Republica. Por tanto,
Decretan:
CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL DEL PROYECTO
HIDROELÉCTRICO EL DIQUÍS
Artículo 1º—Creación. Créase la Comisión de Coordinación
Interinstitucional del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís, en adelante
denominada “Comisión Diquís”, con la finalidad de colaborar y coordinar el
desarrollo de la zona Sur en el marco del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís.