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 Normativa >> Reglamento 4050 >> Fecha 11/07/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 4050 - Articulo 1
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INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

La Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), mediante acuerdo cuarto, artículo siete de la sesión Nº 4050, celebrada el día 11 de julio 2011, aprobó el siguiente Reglamento:

“REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN

DE LOS BIENES MUEBLES INSTITUTO

DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento tiene como propósito establecer las normas y los procedimientos de las operaciones patrimoniales (recepción, registro, inscripción, asignación, traslado, control, préstamo, reparación, reposición, alta y baja de bienes muebles), relativas a la administración de los bienes muebles del IFAM, su preservación y uso racional, la actualización de los inventarios y el régimen de responsabilidad que se derive de este proceso para los sujetos que intervienen en él.


 

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