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 Normativa >> Reglamento municipal 115 >> Fecha 04/10/2011 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 115 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

CONCEJO MUNICIPAL

REGLAMENTO INTERNO PARA PREVENIR, INVESTIGAR
Y SANCIONAR EL ACOSO Y EL HOSTIGAMIENTO
SEXUAL EN LA MUNICIPALIDA
DE SAN RAMÓN

El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Ramón por medio del acuerdo Nº 12 de la sesión Nº 115 ordinaria del 4 de octubre del 2011 y de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo del artículo 43 del Código Municipal acuerda: Habiéndose publicado el Proyecto de Reglamento Interno para Prevenir, Investigar y Sancionar el Acoso y el Hostigamiento Sexual en la Municipalidad de San Ramón, en el Diario Oficial La Gaceta número 166 del día martes 30 de agosto del 2011, y no presentándose observación alguna dentro del tiempo establecido por ley, lo aprueba en definitiva como Reglamento, tal y como fue publicado en La Gaceta Nº 166 arriba indicada, y rige a partir de la publicación del presente acuerdo.

San Ramón, 21 de octubre del 2011

(Nota de Sinalevi: Tal como se indica en el párrafo anterior, el texto corresponde al publicado en La Gaceta N 166 del 30 de agosto del 2011, y se transcribe a continuación:)

Que en sesión ordinaria Nº 84 del 17 de mayo de 2011, mediante acuerdo Nº 01, se aprobó en forma definitiva el siguiente Proyecto de Reglamento Interno para Prevenir, Investigar y Sancionar el Acoso y el Hostigamiento Sexual en la Municipalidad de San Ramón, el cual se somete a consulta pública no vinculante, por un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación del mismo.

PROYECTO DE REGLAMENTO INTERNO PARA PREVENIR,
INVESTIGAR Y SANCIONAR EL ACOSO Y EL HOSTIGAMIENTO
SEXUAL EN LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

Disposiciones generales

La Municipalidad de San Ramón, con sustento en los artículos 169 y 170, de la Constitución Política y fundamentado en las disposiciones contenidas en los artículos 1º al 4º y 70, párrafo primero e inciso a), 21, inciso ch) y 47 del Código Municipal y de conformidad con Ley Nº 7476 del 3 de febrero de 1995, denominada Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y su modificación y adición mediante Ley Nº 8805 del 2 de junio del 2010, y Ley Nº 5811 del 10 de octubre de 1975 “Ley que regula la Propaganda que utilice la Imagen de la Mujer”, emite el siguiente Reglamento para el Procedimiento Interno Administrativo en casos de Hostigamiento Sexual en la Municipalidad de San Ramón, en cuanto a su tipificación, sanciones y procedimientos el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Objetivo y definiciones

Artículo 1º—Objetivos: Los objetivos del presente Reglamento contra el Hostigamiento Sexual son:

           Crear un mecanismo eficaz de prevención y prohibición del hostigamiento sexual en el ámbito laboral así como un procedimiento interno que lo sancione con el fin de evitar cualquier manifestación de hostigamiento sexual, que perjudique las condiciones, el desempeño y el cumplimiento del trabajo y el estado de bienestar general de las personas.

           Dar a conocer que existe una política a nivel institucional dirigida a prevenir, investigar y sancionar dicha práctica para generar ambientes de trabajo que potencien la expresión de las capacidades individuales de las personas en su ámbito profesional y laboral, de manera tal que se creen los espacios para su plena realización personal y laboral.

           Establecer a nivel normativo un procedimiento interno, adecuado y efectivo, que garantice el derecho de la persona victima de hostigamiento sexual a denunciar, así como la tramitación de la investigación que garantice el debido proceso y los principios especiales, para que en el caso que se determine la culpabilidad de la persona denunciada, se pueda llegar a la imposición de la sanción y su efectivo cumplimiento.

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