MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
El Concejo Municipal de Montes de Oro, comunica que en
la sesión ordinaria N° 03-12, celebrada por esta Corporación Municipal el 16 de
enero del 2012, mediante inciso N° 12, artículo N° VI, acordó aprobar de manera
definitiva el “Reglamento Municipal para la elección de los miembros del Comité
Cantonal de Deportes y Recreación del Cantón de Monte de Oro”; el cual fue
publicado por primera vez, como proyecto en el Diario Oficial La Gaceta N° 22
de fecha 31 de enero de 2012.
Ahora al no haber objeciones ni observaciones,
conforme lo establece el artículo N° 43 del Código Municipal, se comunica la
aprobación del texto original tal y como fue publicado.
(Nota de Sinalevi:
Tal y como se indica anteriormente el texto corresponde al publicado en La
Gaceta N° 22 del 31 de enero de 2012)
REGLAMENTO MUNICIPAL
PARA LA ELECCIÓN DE LOS
MIEMBROS DEL COMITÉ
CANTONAL DE DEPORTES Y
RECREACIÓN DEL CANTÓN
DE MONTES DE ORO
El Concejo Municipal de Montes de Oro en uso de las
facultades que le confieren los incisos A) y C) de los artículos 4 y 13 del
Código Municipal, respectivamente; y Considerando: Que el artículo 165 del
Código Municipal, Ley N° 7794, establece que el Comité Cantonal de Deportes y
Recreación, estará integrado por cinco miembros residentes en el cantón, dos
representantes de nombramiento del Concejo Municipal, dos de las organizaciones
deportivas y recreativas del cantón y uno de las organizaciones comunales, y
que compete a cada Municipalidad reglamentar el procedimiento de elección de
los mismos. Por tanto, acuerda: dictar el presente reglamento para regular el
procedimiento de elección de los miembros del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación del Cantón de Montes de Oro, el cual se regirá por las siguientes disposiciones.
CAPÍTULO I
De la elección de los
representantes de organizaciones
deportivas,
recreativas y comunales
Artículo 1º—Definición de organizaciones
deportivas, recreativas y comunales. Entiéndase por organizaciones
deportivas y recreativas a los Comités Comunales de Deportes y además aquellas
asociaciones deportivas que se encuentran debidamente inscritas y vigentes ante
el Registro de Asociaciones Deportivas del Instituto Costarricense del Deporte,
cuya sede y radio de acción sea el cantón de Montes de Oro. Y por
organizaciones comunales, las Asociaciones de Desarrollo Integral o
Específicas, debidamente inscritas en la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad (DINADECO).