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 Normativa >> Reglamento municipal 46 >> Fecha 12/11/2012 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 46 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

REGLAMENTO SOBRE LICENCIAS DE EXPENDIO

DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

De conformidad con el acuerdo número veinte de la sesión ordinaria  número cuarenta y seis del doce de noviembre del año dos mil doce y según lo establecido en los artículos 170 de la Constitución Política, 2, 3, 4 inciso a), 13 inciso c) y 43 del Código Municipal, al haberse hecho la primera publicación en La Gaceta Nº 235 del cinco de diciembre del año dos mil doce y al no haber mediado oposición, se procede a publicar el siguiente Reglamento Sobre Licencias de Expendio de Bebidas con Contenido Alcohólico, por segunda vez y como definitivo.

La Municipalidad de Corredores según lo establecido en los artículos 169-y170- de la Constitución Política, 4 inciso a), 13 inciso d) y 43 del código Municipal, procede a emitir el Reglamento para el otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el transitorio II de la Ley N° 9047- denominada Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido alcohólico.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objeto. El presente reglamento regula la aplicación de la Ley N-9047-“Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”  en el Cantón de Corredores, en aquellos aspectos relacionados con el otorgamiento de licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico y sobre otras materias facultadas en el marco de las competencias y potestades atribuidas a la Municipalidad de Corredores en la misma Ley Nº 9047 del 28 junio del 2012.


 

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