N° 9144
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº 8194-CR
SUSCRITO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL
BANCO INTERNACIONAL
DE RECONSTRUCCIÓN
Y FOMENTO PARA
FINANCIAR EL PROYECTO
DE MEJORAMIENTO DE
LA EDUCACIÓN
SUPERIOR
ARTÍCULO 1.-
Aprobación
Se aprueba el
Contrato de Préstamo N.º 8194-CR, entre la República de Costa Rica y el Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), suscrito el 6 de noviembre de
2012, por un monto hasta de doscientos millones de dólares estadounidenses
(US$200.000.000), para financiar el Proyecto de Mejoramiento de la Educación
Superior.
El texto del referido contrato de préstamo, sus anexos,
apéndice y las condiciones generales que se adjuntan a continuación, forman
parte integrante de esta ley.
MAG.
MARÍA ISABEL ARAYA TRISTÁN FOLIO 1 DE 25
Traductora e Intérprete Oficial
Tel. 2232-3642 / 8383-2569
Apartado
243-1225, San José
----------------------TRADUCCIÓN
OFICIAL--------------------------
Yo, María Isabel Araya Tristán,
Traductora Oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la
República de Costa Rica, nombrada por Acuerdo número 1405-92-DAJ del 22 de
octubre de 1992, publicado en La Gaceta número 61 del 30 de marzo de 1993,
CERTIFICO que en idioma español el documento a traducir, Contrato de Préstamo
entre el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento y la República de
Costa Rica, dice lo siguiente en lo conducente:
--------------------------------------------------------------------------------
“PRÉSTAMO NÚMERO
8194-CR
Contrato de
Préstamo
(Proyecto de
Mejoramiento de la Educación Superior)
entre
REPÚBLICA DE COSTA RICA
y
BANCO INTERNACIONAL
PARA LA RECONSTRUCCIÓN
Y FOMENTO
Con fecha 6 de noviembre del 2012
CONTRATO DE PRÉSTAMO
Contrato de fecha 6 de noviembre del 2012, entre la
REPÚBLICA DE COSTA RICA (“Prestatario”) y BANCO INTERNACIONAL PARA LA
RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (“Banco”). El Prestatario y el Banco por este medio
acuerdan lo siguiente:
ARTÍCULO l –
CONDICIONES GENERALES,
DEFINICIONES
1.01.
Las Condiciones Generales (como se define en el
Apéndice del presente Contrato) constituyen una parte integral del presente
Contrato.
1.02. Salvo que el contexto lo requiera de otra manera, los términos en
mayúsculas utilizados en el presente Contrato tienen los significados adscritos
a ellos en las Condiciones Generales o en el Apéndice del presente Contrato.