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 Normativa >> Reglamento municipal 5 >> Fecha 05/02/2014 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 5 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE GOLFITO

REGLAMENTO A LA LEY N° 9047 “OTORGAMIENTO DE

LICENCIAS PARA EL EXPENDIO Y COMERCIALIZACIÓN

DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO EN EL

CANTÓN DE GOLFITO”

La Municipalidad de Golfito según lo establecido en los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, artículo 4 inciso a), 13 inciso d) y 43 del Código Municipal y el transitorio II de la Ley N° 9047, denominada Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, procede a emitir el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias para el Expendio y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico en el cantón de Golfito, provincia Puntarenas.

CAPÍTULO I

LIBRO PRIMERO

Definiciones y generalidades

Artículo 1º—Objeto. El objeto de este Reglamento es regular la aplicación de la “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico” N° 9047 del 25 de junio de 2012 en el Cantón de Golfito, en aquellos aspectos relacionados con el otorgamiento de licencias de expendio de bebidas con contenido alcohólico y sobre los diferentes aspectos relacionados con dichas licencias.


 

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