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 Normativa >> Acuerdo 6247 >> Fecha 10/10/2013 >> Articulo 1
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Normativa - Acuerdo 6247 - Articulo 1
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Artículo 1
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MINISTERIO DE SALUD

N° DM-RB-6247-13

LA MINISTRA DE SALUD

En uso de las facultades que les confiere el artículos 28 incisos a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 1, 2, 4, 7, de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 6 de la Ley Nº 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”; 12 de la Ley N° 9047 del 25 de junio del 2013 “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico” y el Decreto Ejecutivo N° 37739-S del 5 de febrero del 2013 “Reglamento sobre la regulación y control de la publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico”.

Considerando:

I.—Que el artículo 12 de la Ley N° 9047 del 25 de junio de 2013, publicada en el Alcance 109 de La Gaceta N° 152 de 8 de agosto del 2012 “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con contenido Alcohólico” otorga la competencia al Ministerio de Salud para regular y controlar todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico.

II.—Que el artículo 4 del Decreto Ejecutivo N° 37739-S del 05 de febrero del 2013, “Reglamento sobre la regulación y control de la publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico”, publicado en La Gaceta N° 138 del 18 de julio del 2013, establece que la creación de la Comisión para la Regulación y Control de la Publicidad Comercial de las Bebidas con Contenido Alcohólico, en adelante “La Comisión”, cuyo objetivo es revisar, aprobar o improbar y monitorear la publicidad comercial sobre bebidas con contenido alcohólico.

III—Que el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 37739-S citado, establece que la Comisión estará integrada por cinco representantes titulares y sus respectivos suplentes, tres representantes serán funcionarios del Ministerio de Salud, de libre escogencia por el Ministro de Salud, un representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado y otro de las agencias publicitarias. Las personas que integran la Comisión deben tener competencia técnica en los temas de salud pública, adicciones, derecho, publicidad y de género. En caso de existir dudas razonables, la comisión podrá solicitar el criterio de expertos.

IV.—Que el artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 37739- S citado, establece que los miembros de la Comisión durarán en sus cargos 4 años, pudiendo ser reelectos por periodos iguales, los representantes del Ministerio de Salud cesarán en sus cargos cuando dejen de ser funcionarios de la institución o cuando la autoridad superior así lo decida. Por tanto,

LA MINISTRA DE SALUD,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar como miembros de la Comisión para la Regulación y Control de la Publicidad Comercial de las Bebidas con Contenido Alcohólico, a las siguientes personas:

Representantes Titulares:

• Cecilia Zúñiga Morales, cédula N° 1-0512-0323, funcionaria de la Dirección Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud, como Presidenta.

• Marta Romero Poveda, cédula N° 1-1027-0120, funcionaria de la Auditoria General de Servicios de Salud del Ministerio de Salud, como Secretaria.

• Edwin Chavarría Conejo, cédula N° 9-0037-0910, funcionario de la Dirección Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.

• Norman Chacón Soto, cédula N° 9-0005-0401, representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado.

• Dirk Stammes Mussapp, cédula N° 1-0580-0100, representante de la Asociación Comunidad de Empresas de Comunicación Comercial de Costa Rica.

Representantes Suplentes:

• Xenia Fallas Garbanzo, cédula N° 1-0659-0192, funcionaria de la Dirección Mercadotecnia de la Salud del Ministerio de Salud.

• Alejandra Corrales Ávila, cédula N° 1-0681-0699, funcionaria de la Dirección Garantía de Acceso a los Servicios de Salud del Ministerio de Salud.

• Ricardo Benavides Castro, cédula N° 2-0317-0876, funcionario de la Dirección Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.

• José Francisco Correa Navas, cédula N° 8-0057-0369, en representación de la Asociación Comunidad de Empresas de Comunicación Comercial de Costa Rica.

• Carlos Corrales Azuola, cédula N° 1-0849-0717, en representación de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado.


 

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