Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38436 >> Fecha 04/02/2014 >> Articulo 1
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 1     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38436 - Articulo 1
Ir al final de los resultados
Artículo 1
Versión del artículo: 1  de 1

N° 38436-MEIC-PLAN

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLITICA ECONÓMICA

En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 11, 25, 27, 28, párrafo 2 inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054 del 14 de junio de 1977; y, Ley de Planificación Nacional, Nº 5525 del 2 de mayo de 1974.

Considerando:

I.—Que el Poder Ejecutivo como parte de su política se encuentra impulsando la competitividad de la Región Brunca, de tal forma que, se pueda lograr mejores condiciones para hacer negocios competitivos; mejorar la productividad de las MIPYMES y su capacidad innovadora.

II.—Que desde el mes de enero del año 2011, se ha venido gestando en la región Brunca un proceso inclusivo y multisectorial de construcción de una estrategia de competitividad territorial con apoyo de la cooperación internacional, en particular del Programa Conjunto (PC) “Desarrollo de la Competitividad para la Región Brunca, en los sectores de turismo y agroindustria, con énfasis en la creación de empleos verdes y decentes para la reducción de la pobreza”, ejecutado por agencias de Naciones Unidas, en estrecha coordinación con el Ministerio de Economía Industria y Comercio.

III.—Que de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC- PLAN, se crea el Consejo de Competitividad de la Región Brunca (CCRB), con participación de distintas entidades y organizaciones del sector público y privado, como instancia encargada del fortalecimiento de clima de negocios y la competitividad de las empresas de la Región Brunca, mediante el análisis multisectorial y la generación de propuestas consensuadas con impacto en la mejora de las capacidades competitivas.

IV.—Que mediante el Decreto Ejecutivo el N° 38117 del 18 de noviembre del 2013, se procedió a la modificación del artículo 13 del Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC- PLAN, lo anterior, con la finalidad de fortalecer tanto del Consejo como de la Secretaria Ejecutiva de dicho Consejo.

V.—Que para fortalecer aún más dicha estructura, se hace necesario incorporar a la Comisión Técnica, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), por lo que se hace necesario la modificación del referido artículo 13, de tal suerte, que la referida Comisión se encuentre compuesta por expertos del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Turismo, Agricultura y Ganadería; Planificación Nacional, y el INA. Por tanto,

 

Decretan:

Reforma al Reglamento de Creación del

Consejo de Competitividad de la Región

Brunca, Decreto Ejecutivo número

37027-Meic-Plan del 09

de marzo de 2012

 

Artículo 1º—Reforma. Refórmese el inciso g), del artículo 3, del Reglamento de Consejo de Competitividad de la Región Brunca, Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC-PLAN del 09 de marzo de 2012, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 3º—Definiciones. Para la aplicación del presente decreto se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

(…)

g)  CONARE: Consejo Nacional de Rectores…”

Ir al inicio de los resultados