N°
38436-MEIC-PLAN
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
LA MINISTRA DE ECONOMÍA INDUSTRIA Y COMERCIO
Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLITICA ECONÓMICA
En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18)
y 146 de la Constitución Política, los artículos 11, 25, 27, 28, párrafo 2
inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo
de 1978; Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Nº 6054
del 14 de junio de 1977; y, Ley de Planificación Nacional, Nº 5525 del 2 de
mayo de 1974.
Considerando:
I.—Que el Poder Ejecutivo como parte de su política se encuentra
impulsando la competitividad de la Región Brunca, de
tal forma que, se pueda lograr mejores condiciones para hacer negocios
competitivos; mejorar la productividad de las MIPYMES y su capacidad
innovadora.
II.—Que desde el mes de enero del año 2011, se ha venido gestando en la
región Brunca un proceso inclusivo y multisectorial
de construcción de una estrategia de competitividad territorial con apoyo de la
cooperación internacional, en particular del Programa Conjunto (PC) “Desarrollo
de la Competitividad para la Región Brunca, en los
sectores de turismo y agroindustria, con énfasis en la creación de empleos
verdes y decentes para la reducción de la pobreza”, ejecutado por agencias de
Naciones Unidas, en estrecha coordinación con el Ministerio de Economía
Industria y Comercio.
III.—Que de acuerdo al Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC- PLAN, se crea el
Consejo de Competitividad de la Región Brunca (CCRB),
con participación de distintas entidades y organizaciones del sector público y
privado, como instancia encargada del fortalecimiento de clima de negocios y la
competitividad de las empresas de la Región Brunca,
mediante el análisis multisectorial y la generación de propuestas consensuadas
con impacto en la mejora de las capacidades competitivas.
IV.—Que mediante el Decreto Ejecutivo el N° 38117 del 18 de noviembre
del 2013, se procedió a la modificación del artículo 13 del Decreto Ejecutivo
N° 37027-MEIC- PLAN, lo anterior, con la finalidad de fortalecer tanto del
Consejo como de la Secretaria Ejecutiva de dicho Consejo.
V.—Que para fortalecer aún más dicha estructura, se hace necesario
incorporar a la Comisión Técnica, al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA),
por lo que se hace necesario la modificación del referido artículo 13, de tal
suerte, que la referida Comisión se encuentre compuesta por expertos del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Turismo, Agricultura y Ganadería;
Planificación Nacional, y el INA. Por tanto,
Decretan:
Reforma al Reglamento de Creación del
Consejo de Competitividad de la Región
Brunca, Decreto Ejecutivo número
37027-Meic-Plan del 09
de marzo de 2012
Artículo 1º—Reforma. Refórmese el inciso g), del artículo 3, del
Reglamento de Consejo de Competitividad de la Región Brunca,
Decreto Ejecutivo N° 37027-MEIC-PLAN del 09 de marzo de 2012, para que en lo
sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 3º—Definiciones. Para la aplicación del presente decreto se
tendrán en cuenta las siguientes definiciones:
(…)
g) CONARE: Consejo Nacional de
Rectores…”