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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38650 >> Fecha 07/10/2014 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38650 - Articulo 1
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N° 38650-MP-H-PLAN 

(Este decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 5 del decreto ejecutivo N° 39926 del 27 de setiembre del 2016, “Cierre de la Intervención a la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR)”)

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, 

LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE HACIENDA, 

Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL 

Y POLÍTICA ECONÓMICA 

De conformidad con las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 8), 18) y 20) de la Constitución Política y los artículos 4° y 27 de la Ley General de la Administración Pública. 

Considerando:

Único.—Que el Consejo de Gobierno en sesión ordinaria N° 21, de 7 de octubre del 2014, recomendó al Poder Ejecutivo la intervención de la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR), la cual es acogida por parte de los suscritos, a raíz de los argumentos de hecho y derecho esgrimidos en el artículo 4° del acta de la antedicha sesión. Por tanto, 

Decretan: 

Artículo 1º—Intervéngase la Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (en adelante la JUDESUR) creada el artículo 10 de la Ley de Creación del Depósito Libre Comercial de Golfito, Ley N° 7012, del 4 de noviembre de 1985.

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