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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38906 >> Fecha 03/03/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38906 - Articulo 1
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Nº 38906-MEIC-MAG-MH-MIDEPLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE ECONOMÍA,

INDUSTRIA Y COMERCIO;

DE HACIENDA;

AGRICULTURA Y GANADERÍA;

Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN

NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25, 27 párrafo 1, 28 párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y la Ley Reforma Integral de la Ley Nº 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y reforma de otras leyes, en adelante denominada Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Considerando:

I.—Que mediante Ley Nº 9274, “Reforma Integral de la Ley Nº 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y reforma de otras leyes”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 27 de noviembre de 2014; se crea el Sistema de Banca para el Desarrollo, “SBD”, como un mecanismo para financiar e impulsar proyectos productivos, viables; acordes con el modelo de desarrollo del país en lo referente a la movilidad social de los sujetos beneficiarios de esa ley.

II.—Que resulta necesario y de interés público dotar al Sistema de Banca para el Desarrollo, mediante la reglamentación a la Ley Nº 9274, “Reforma Integral de la Ley Nº 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y reforma de otras leyes”, de los mecanismos necesarios con el fin de mejorar los niveles de inclusión financiera y económica, el desarrollo de estrategias que promuevan mecanismos financieros y no financieros, los cuales faciliten el acceso al crédito de acuerdo con las características de cada sector productivo; así como dar cumplimiento a los demás objetivos específicos plasmados en la ley.

III.—Que la Ley “Reforma Integral de la Ley Nº 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo y reforma de otras leyes”, establece importantes reformas, que hacen necesaria una reforma integral al Reglamento a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo a la el Decreto Ejecutivo N° 34901-MAG-MEIC.

VI.—Que la presente reglamentación garantizará a los integrantes, operadores y beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo, conocer los derechos, las obligaciones y las responsabilidades de los participantes en este Sistema.

Por tanto,

Decretan:

Reglamento a la Ley Nº 9274, “Reforma Integral de la Ley

Nº 8634, Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo

y Reforma de Otras Leyes”

TÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—Del objetivo del Reglamento. El presente Reglamento tiene como objetivo regular de manera integral la Ley N° 9274, con el fin de contar con mecanismos para impulsar proyectos productivos.

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