MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
J.-Visto el proyecto de reglamento sobre a la ley la
de regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico en el
cantón de Siquirres, habiendo recibido las observaciones al mismo en el plan de
ley y luego de realizar reuniones de trabajo sobre dichas observaciones en un
grupo confom1.ado por regidores, funcionarios y las fuerzas vivas del Cantón,
se presentó a esta comisión la redacción final del mismo, la cual se aprueba
para su publicación definitiva.
J.-Presidente
Umaña Ellis: Somete a votación el punto N° 1 del Informe de Comisión de Asuntos
Jurídicos, referente al siguiente reglamento:
MUNICIPALIDAD DE
SIQUIRRES REGLAMENTO A LA
LEY DE REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO
EN EL CANTÓN DE SIQUIRRES
Considerando:
Que la Municipalidad de Siquirres, de conformidad con
lo que establecen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4 inciso
a) y 13 inciso d) del Código Municipal, procede a emitir el Reglamento para el
otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el transitorio II de la Ley
N° 9047 denominada “Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con
Contenido Alcohólico”.
I.—Los artículos 169 de la Constitución Política y 3
del Código Municipal , establecen que compete a la Administración Municipal
velar por los intereses y servicios locales, concepto en el cual se encuentra
inmerso regular el adecuado funcionamiento de las actividades comerciales y de
consumo de bebidas con contenido alcohólico que se realizan en el Cantón de
Siquirres.
II.—De
conformidad con lo establecido en los artículos 79, 80, 81, 82 y 83 del Código
Municipal, Ley N° 7176, es competencia de la Municipalidad establecer las
políticas generales de las actividades económicas que se desarrollan en su
cantón.
III.—Mediante
el voto N° 6469-97 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre de
mil novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció “que es
materia municipal todo lo que se refiere al otorgamiento de las licencias para
el ejercicio del comercio en su más variada gama de actividades y su natural
consecuencia que es percibir el llamado impuesto de patente”.
IV.—Para
cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta
materia, la Constitución Política, mediante su artículo 170, y el Código
Municipal en su artículo 4°, establecen la autonomía política, administrativa y
financiera de las municipalidades, así como la potestad de dictar reglamentos
autónomos de organización y de servicio, y cualquier otra disposición que
autorice el ordenamiento jurídico.
V.—Que
el transitorio II de la Ley N° 9047 denominada: “Ley de Regulación y
Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, publicada en el Alcance
Digital N° 109 del Diario Oficial La Gaceta de fecha 8 de agosto del
2012, dispone que las municipalidades deben emitir y publicar el Reglamento de
dicho cuerpo normativo en un plazo de 3 meses.
Es así
como se propone el siguiente proyecto de Reglamento para la solicitud de
Licencias Municipales que regulará la comercialización de bebidas con contenido
alcohólico dentro del cantón de Siquirres:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°—Este reglamento tiene por objeto
establecer pautas claras y precisas para la autorización, control y
fiscalización de las actividades comerciales asociadas a la comercialización,
expendio y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Cantón de
Siquirres.