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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 18/11/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

J.-Visto el proyecto de reglamento sobre a la ley la de regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico en el cantón de Siquirres, habiendo recibido las observaciones al mismo en el plan de ley y luego de realizar reuniones de trabajo sobre dichas observaciones en un grupo confom1.ado por regidores, funcionarios y las fuerzas vivas del Cantón, se presentó a esta comisión la redacción final del mismo, la cual se aprueba para su publicación definitiva.

J.-Presidente Umaña Ellis: Somete a votación el punto N° 1 del Informe de Comisión de Asuntos Jurídicos, referente al siguiente reglamento:

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES REGLAMENTO A LA

LEY DE REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO

EN EL CANTÓN DE SIQUIRRES

Considerando:

Que la Municipalidad de Siquirres, de conformidad con lo que establecen los artículos 169 y 170 de la Constitución Política, 4 inciso a) y 13 inciso d) del Código Municipal, procede a emitir el Reglamento para el otorgamiento de Licencias Municipales requerido en el transitorio II de la Ley N° 9047 denominada “Ley para la Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”.

I.—Los artículos 169 de la Constitución Política y 3 del Código Municipal , establecen que compete a la Administración Municipal velar por los intereses y servicios locales, concepto en el cual se encuentra inmerso regular el adecuado funcionamiento de las actividades comerciales y de consumo de bebidas con contenido alcohólico que se realizan en el Cantón de Siquirres.

II.—De conformidad con lo establecido en los artículos 79, 80, 81, 82 y 83 del Código Municipal, Ley N° 7176, es competencia de la Municipalidad establecer las políticas generales de las actividades económicas que se desarrollan en su cantón.

III.—Mediante el voto N° 6469-97 de las dieciséis horas veinte minutos del ocho de octubre de mil novecientos ochenta y siete, la Sala Constitucional estableció “que es materia municipal todo lo que se refiere al otorgamiento de las licencias para el ejercicio del comercio en su más variada gama de actividades y su natural consecuencia que es percibir el llamado impuesto de patente”.

IV.—Para cumplir con las competencias otorgadas por la Constitución y la Ley en esta materia, la Constitución Política, mediante su artículo 170, y el Código Municipal en su artículo 4°, establecen la autonomía política, administrativa y financiera de las municipalidades, así como la potestad de dictar reglamentos autónomos de organización y de servicio, y cualquier otra disposición que autorice el ordenamiento jurídico.

V.—Que el transitorio II de la Ley N° 9047 denominada: “Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, publicada en el Alcance Digital N° 109 del Diario Oficial La Gaceta de fecha 8 de agosto del 2012, dispone que las municipalidades deben emitir y publicar el Reglamento de dicho cuerpo normativo en un plazo de 3 meses.

Es así como se propone el siguiente proyecto de Reglamento para la solicitud de Licencias Municipales que regulará la comercialización de bebidas con contenido alcohólico dentro del cantón de Siquirres:

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1°—Este reglamento tiene por objeto establecer pautas claras y precisas para la autorización, control y fiscalización de las actividades comerciales asociadas a la comercialización, expendio y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Cantón de Siquirres.

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