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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40386 >> Fecha 20/03/2017 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40386 - Articulo 1
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N° 40386-JP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE.JUSTICIA Y PAZ

En uso de las facultades y atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política y con fundamento en lo dispuesto en artículos 25.1, 27.1 y 103 párrafo primero de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978; 22, siguientes y concordantes de la Ley General de Control Interno N° 8292 de 31 de julio de 2002; Ley Orgánica de la Contraloría General de la República N° 7428 de 7 de setiembre de 1994; Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422 de 6 de octubre del 2004; Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, publicadas en el diario oficial La Gaceta N° 28 del 10 de febrero de 2010; Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, publicadas en La Gaceta N° 184 del 25 de setiembre de 2014 y los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público (modificado mediante Resolución R-1)C-119-2009 del 16 de diciembre de 2009, de la Contralora General de la República, publicada en el diario oficial "La Gaceta" N° 28 del 10 de febrero de 2010).

CONSEDERANI)O

I.-El marco legal que rige la actividad de auditoría interna en los órganos y entes públicos ha tenido cambios significativos desde la Ley General de Control Interno, la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, las Normas para ci Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.

II-Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Control Interno, cada auditoría interna dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento, para lo cual la Contraloría General de la República ha emitido los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las Auditorías internas del Sector Público.

III. El presente Reglamento consta de ocho capítulos que disponen el marco fundamental respecto de la organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Tribunal Registral Administrativo. El mismo regula entre otros, la naturaleza, ubicación, estructura organizativa, ámbito de acción, relaciones y coordinaciones y competencias.

IV.-El inciso h) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno, establece como parte de las competencias de la Auditoría Interna mantener debidamente actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna.

V.-La Auditoría Interna es parte fundamental del Sistema de Control Interno del Tribunal Registral Administrativo, por lo que su acción fiscalizadora requiere ser reforzada conforme al marco legal y técnico vigente, en defensa del interés público.

VI-Conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Control Interno, dicho Reglamento deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República, publicarse en el Diario Oficial y divulgarse en el ámbito institucional.

VII.-La Contraloría General de la República mediante oficio N° 4893 (DFOE-PG-0153) del 19 de abril de 2016, aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Tribunal Registral Administrativo

VIII. El Ministerio de Planificación y Política Económica mediante oficio DM-13102004, aprobó la estructura organizativa del Tribunal Registral Administrativo.

IX.- Esta normativa no contempla nuevos trámites, requisitos, ni procedimientos para el administrado de conformidad con el ordinal 112 de la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos N° 8220. Por tanto.

DECRETAN

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORIA INTERNA DEL

TRIBUNAL REGISTRAL ADMNISTRATIVO

CAPÍTULO I

NATURALEZA

Artículo 1—Objetivo. El presente Reglamento regula definiciones atinentes al marco de acción del ejercicio de esa actividad, referidas a la naturaleza, ubicación y estructura organizativa, ámbito de acción, funciones, relaciones y coordinaciones, competencias, la ejecución de estudios de auditoría y comunicación de resultados de la Auditoría Interna del Tribunal Registral Administrativo.

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