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 Normativa >> Ley 9582 >> Fecha 02/07/2018 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 9582 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 9582

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY DE JUSTICIA RESTAURATIVA

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES PARA LA APLICACIÓN

DE JUSTICIA RESTAURATIVA

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1- Objeto de la ley. El objeto de la presente ley es definir un marco conceptual y procedimental para instaurar la justicia restaurativa en el ordenamiento jurídico costarricense, como un instrumento que contribuya a resolver los conflictos jurídicos generados por los hechos delictivos, con la participación activa de las partes intervinientes, a fin de restaurar los daños a la víctima, procurar la inserción social de la persona ofensora, con soluciones integrales y promover la paz social.

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