N° 41185-PLAN
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA
ECONÓMICA
Con fundamento en
las disposiciones contenidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 18) y 146 de
la Constitución Política, 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración
Pública (N° 6227 de 02 de mayo de 1978), en la Ley de Planificación Nacional (N°
5525 de 02 de mayo de 1974), en la Ley Reguladora del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios (N° 9158 de 08 de agosto de 2013), en la Ley de Protección
al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (N° 8220 de 04
de marzo de 2002), en la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de
sus Datos Personales (N° 8968 de 7 de julio de 2011), en el Reglamento Autónomo
de Servicio del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN) (Decreto Ejecutivo N° 16768-PLAN de 30 de enero de 1986), en el
Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación (N° 37735-PLAN de 06
de mayo de 2013), en el Reglamento a la Ley Reguladora del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios (Decreto Ejecutivo N° 39096-PLAN de 28 de abril de
2015), en el artículo 16 del Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del
Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto Ejecutivo N°
37045-MP-MEIC de 22 de febrero de 2012), en la Política del Poder Ejecutivo
para erradicar de sus instituciones la discriminación hacia la población
sexualmente diversa (Decreto Ejecutivo N° 38999 de 12 de mayo de 2015) y en la
Directriz Decenio Internacional de los Afrodescendientes (N° 022-P de 24 de
marzo de 2015).
Considerando:
I.—Que conforme
lo indican los artículos 19 de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios y el 16 del Reglamento a la Ley Reguladora del Sistema
Nacional de Contraloría de Servicios, las contralorías de servicios deben estar
regidas por un reglamento interno para su funcionamiento, el cual deberá ser
emitido de acuerdo con los lineamientos dispuestos en la Ley y las Guías que al
respecto emita la Secretaría Técnica.
II.—Que conforme
la integración del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios el Ministerio
de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), como ente rector del
mismo, debe apoyar y fortalecer el cumplimiento de los objetivos del Sistema
Nacional de Contralorías de Servicios a fin de promover, con la participación
de las personas usuarias, el mejoramiento continuo e innovación en la
prestación de los servicios que brindan las organizaciones, como órgano asesor,
canalizador y mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de
las personas usuarias de los servicios que brinda una organización.
III.—Que en
implementación del artículo 11 de la Ley Reguladora del Sistema Nacional de
Contralorías de Servicios y mediante Decreto Ejecutivo N° 39651-PLAN de 1° de
abril de 2016, publicado en La Gaceta N° 127 de 01 de julio de 2016, se creó
la Contraloría de Servicios Institucional, como órgano asesor, canalizador y
mediador de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas
usuarias de los servicios que brinda MIDEPLAN.
IV.—Que el
Decreto descrito en el Considerando anterior, a la fecha, contiene algunas
regulaciones que se consideran deben modificarse para armonizar con normativa
conexa aparecida con posterioridad a su emisión.
V.—Que de
conformidad con el artículo 12 bis del Reglamento a la Ley de Protección al
Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Decreto
Ejecutivo N° 37045-MP-MEIC de 22 de febrero de 2012) se procedió a llenar el
Formulario de Evaluación Costo Beneficio en la Sección I denominada Control Previo
de Mejora Regulatoria, siendo que el mismo dio resultado negativo y que la
propuesta no contiene trámites ni requerimientos.
Por tanto,
Decretan
Reglamento
Interno de Organización
y
Funcionamiento de la Contraloría
de
Servicios del Ministerio de Planificación
Nacional
y Política Económica (MIDEPLAN)
Artículo 1º—Objeto
de la Contraloría de Servicios. El presente instrumento tiene como objeto
regular el funcionamiento de la Contraloría de Servicios del Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), conforme lo establecido
en la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios y su
reglamento. Así como, promover y garantizar el respeto de los derechos de las
personas usuarias y establecer políticas de calidad, en la prestación de los
servicios que brinda MIDEPLAN.