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 Normativa >> Acuerdo 006 >> Fecha 22/02/2019 >> Articulo 1
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Normativa - Acuerdo 006 - Articulo 1
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ACUERDO -006-2019 - MINAE

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades conferidas en los artículos 46,50. 66, 140, incisos 3) y 18). 50 y 146 de la Constitución Política; artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, "Ley General de la Administración Pública"; artículos 2, 3, 4, 5.y Capítulos XI, XII, XIII y XV de la Ley Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, "Ley Orgánica del Ambiente"; Decreto Ejecutivo No. 35669-MINAET del 4 de diciembre del 2009, Reglamento Orgánico del Ministerio de Ambiente y Energía; el Decreto Ejecutivo No 39310 del 27 de enero de 2015, Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y Creación del Comité Directivo Nacional de Compras Sustentables y el Decreto Ejecutivo No 40132-PLAN-M INAE-RE del 21 de febrero de 2018, Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible 2018-2030.

Considerando:

1°- Que el tema de la producción y el consumo sostenibles es un eje transversal que incide en el quehacer de diferentes sectores, los cuales involucran programas e instancias de la Administración Pública, que requieren coordinación para direccionar las acciones bajo una visión de país.

2º- Que Costa Rica ha tenido un rol relevante y de liderazgo en materia ambiental, debido a la importancia y la trascendencia de nuestra visión de país; además de las obligaciones contraídas a nivel internacional. lo cual incluye la necesidad urgente de establecer medidas para proteger los ecosistemas más vulnerables así como el agotamiento o sobreexplotación de los recursos naturales.

3º- Que existe una Política Nacional de Compras Públicas Sustentables y Creación del Comité Directivo Nacional de Compras Sustentables. aprobada mediante el Decreto Ejecutivo Número 39310 del del 27 de enero de 2015, el cual requiere para la implementación de esta política contar con herramientas que permitan diferencias los productos y servicios con mayor desempeño ambiental.

4º-Que, el Ministro de Ambiente y Energía ejerce la rectoría política en materia ambiental y energética, por lo que podrá en el ejercicio de sus funciones, ordenar las actividades que promuevan una producción y un consumo más sostenibles desde el punto de vista ambiental.

5°-Que en setiembre de 2015 fueron aprobados por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas. los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). entre los que destaca el objetivo 12. que hace referencia al tema del consumo y la producción sostenible, exhortando para que todos los países puedan alcanzar un crecimiento económico mediante un cambio en los métodos de producción y consumo de bienes y servicios.

6°-Que Costa Rica se encuentra en proceso de adhesión a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE): debiendo tomar acciones para el cumplimiento de un conjunto de instrumentos legales de dicha organización. En materia ambiental estos instrumentos legales promueven que los países miembros adopten normas y estándares internacionales. mejores prácticas y directrices de política que los orienten hacia prácticas de producción y consumo más sostenible.

7°-Que en mayo del 2018. mediante el Decreto Ejecutivo No. 41032 del 21 de febrero de 2018. se oficializó la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible 2018-2030: en la cual se incorpora como eje estratégico el denominado “Producción sostenible” y en donde se incluye como una de sus acciones estratégicas el diseño, desarrollo e implementación de un Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético para la diferenciación de productos y servicios con menores impactos socio-ambientales en su ciclo de vida.

8°- Que a efecto de implementar la política sobre producción y consumo sostenible, se hace necesario dictar el Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético y su respectivo Comité, con el objetivo de impulsar el proceso en el país.

Por tanto, acuerda:

OFICIALIZAR

EL PROGRAMA NACIONAL DE ETIQUETADO AMBIENTAL Y ENERGÉTICO

DE COSTA RICA Y CREACIÓN DEL COMITÉ: TÉCNICO DE ETIQUETADO

AMBIENTAL Y ENERGÉTICO

Artículo 1º- Objetivo General:

El presente Acuerdo oficializa el Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y de Eficiencia Energética y establece las condiciones de gestión de las etiquetas ambientales y energéticas de Costa Rica.

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