MUNICIPALIDAD DE GARABITO
REGLAMENTO DE DISTINCIONES
HONORÍFICAS
Y DECLARATORIAS DE INTERÉS
CANTONAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 11, 169 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, 13 incisos c) y ñ), y 43
párrafo segundo del Código Municipal, el Concejo Municipal de Garabito mediante
el acuerdo S.G. 336-2018, de la sesión ordinaria 114, artículo VI, inciso C,
celebrada el 04 de julio del 2018, acuerda emitir el siguiente Reglamento de
Distinciones Honoríficas y según lo establecido en el artículo 43 del Código
Municipal, se ordena publicar por única vez este Reglamento en el Diario
Oficial La Gaceta, de manera definitiva, el
cual va a regir a partir de su publicación.
REGLAMENTO DE DISTINCIONES
HONORÍFICAS
Y DECLARATORIAS DE INTERÉS
CANTONAL
DE LA MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Artículo 1º—La
Municipalidad de Garabito podrá otorgar distinciones honoríficas a favor de
personas físicas o jurídicas que se hayan destacado en el campo de la cultura,
las artes, la ciencia, la literatura, la tecnología, la salud, el mejoramiento
del medio ambiente, social, deportiva y educativa. Igualmente podrán otorgarse
distinciones honoríficas a aquellas personas que realicen un acto patriótico,
heroico, de valor, o que constituya un aporte al desarrollo del cantón de
Garabito.