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Artículo 1º.- Modifícanse los ingresos ordinarios para el ejercicio
fiscal de 1985, aprobados en el artículo 1º de la ley Nº 6982 del 19 de
diciembre de 1984, en la forma que se indica a continuación:
(Por lo extenso del contenido se publica únicamente el articulado.
Para consultar sobre el texto de este Presupuesto, véase el Alcance Nº 21
a "La Gaceta" Nº 229 del 29 de diciembre de 1985 ).
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