N° 9706
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
MORATORIA PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES RELACIONADAS
CON EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
ARTÍCULO 1- Moratoria
Se decreta una moratoria de tres meses improrrogables, correspondientes
a los periodos del impuesto al valor agregado de julio, agosto y setiembre de
2019, en las sanciones, mora, intereses, multas o cualquier otra disposición
sancionatoria establecida en los artículos 80, 80 bis y 81 de la Ley N.º 4755,
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971, aplicable
a los contribuyentes del impuesto al valor agregado, definidos en la Ley N. º
9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018. Se
excluyen de esta moratoria los contribuyentes calificados por la Administración
Tributaria como grandes contribuyentes nacionales y grandes empresas
territoriales.
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