N° 42127-PLAN-RE-MINAE-MDHIS
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
LA MINISTRA
DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA
ECONÓMICA,
EL MINISTRO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
EL MINISTRO
DE AMBIENTE Y ENERGÍA Y
EL MINISTRO
DE DESARROLLO HUMANO
E INCLUSIÓN
SOCIAL
Con fundamento en
las atribuciones conferidas en los artículos 11, 139 inciso 2), 140 incisos 3),
8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;
los artículos 11, 21, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2.b), 99, 100 y 113
de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 02 de mayo de 1978,
y sus reformas; el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto Nº 3008 del 18 de julio 1962; la Ley de Planificación
Nacional N° 5525 del 2 de mayo de 1974, y sus reformas; la Ley Orgánica del
Ministerio del Ambiente y Energía N° 7152 del 5 de junio de 1990, y sus
reformas; y, el Decreto Ejecutivo Nº 41187-MP-MIDEPLAN del 02 de mayo de 2018,
y sus reformas, denominado “Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo”.
Considerando:
I.—Que mediante
resolución número A/RES/70/1 del 25 de setiembre de 2015, la Asamblea General
de las Naciones Unidas aprobó la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”,
en la cual se establecen 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible y 169 metas
enfocadas a lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones económica,
social y ambiental, de forma equilibrada e integrada.
II.—Que el
Gobierno de Costa Rica suscribió la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
cuyos compromisos son coherentes con el Plan Nacional de Desarrollo y de
Inversión Pública (PNDIP) del Bicentenario 2019-2022.
III.—Que el PNDIP
fue elaborado bajo el enfoque del desarrollo sostenible, incorporando los
indicadores con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) definidos para
Costa Rica.
IV.—Que el
Gobierno de la República, debe emprender las acciones necesarias para
garantizar la adecuada dirección y coordinación política de la Administración
Pública, en cumplimiento de las prioridades del desarrollo nacional.
V.—Que mediante
el decreto N° 40203-PLAN-RE-MINAE se estableció la estructura de gobernanza e
implementación de los objetivos de desarrollo sostenible en Costa Rica, en el
cual se conformó el Consejo de Alto Nivel de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible y Secretaría Técnica.
VI.—Que, dentro
de la estrategia nacional para la implementación de los ODS en Costa Rica es
necesaria la inclusión de representación jerárquica del Sector Social, como
parte del Consejo de Alto Nivel de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que
permita cumplir con representación de las tres dimensiones que contempla la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, sean la económica, la ambiental y la
social. Por tanto,
Decretan:
REFORMA AL
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO
40203-PLAN-RE-MINAE,
DENOMINADO GOBERNANZA E
IMPLEMENTACIÓN
DE LOS OBJETIVOS DE
DESARROLLO
SOSTENIBLE EN COSTA RICA
Artículo
1º—Adiciónese un inciso e) al artículo 4 del Decreto Ejecutivo N°
40203-PLAN-RE-MINAE para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 4.—Integración
del Consejo. El Consejo estará integrado por:
a) la o el
Presidente de la República, quien presidirá;
b) la o el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto;
c) la o el
Ministro de Planificación Nacional y Política Económica;
d) la o el Ministro
de Ambiente y Energía;
e) la o el
Presidente Ejecutivo del Instituto Mixto de Ayuda Social con rango de Ministro
de Desarrollo Humano e Inclusión Social”