N°
12-2020-MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 140, incisos 3), 18) y
146), de la Constitución Política de Costa Rica y la Ley 4366, Ley sobre División
Territorial Administrativa, del 05 de agosto de 1969, publicada en La Gaceta N°
190 del 23 de agosto del año 1969.
CONSIDERANDO:
1°. Que de conformidad con la Ley 4366 del 5 de agosto de 1969,
corresponde al Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la Comisión Nacional de
División Territorial Administrativa entre otros la creación de distritos, así
como atender problemas limítrofes de estos.
2°. Que mediante Decreto 167 de 7 de diciembre de 1848 que: “Designa los
límites de la República y demarca las Provincias, Cantones y Parroquias",
se menciona la creación del cantón de Alajuela y sus distritos en los Artículos
8 y 13.
3°. Que el Consejo Municipal de la Municipalidad de Alajuela, en acuerdo
001 de la Sesión Ordinaria N° 10, celebrada el 05 de marzo de 2019 acordó
aprobar la variación de límites para que Las Azucenas pasen a formar parte del
Distrito Primero de Alajuela.
4°. Que la Comisión Nacional de División Territorial Administrativa,
mediante acuerdo 03 de la sesión ordinaria N° 02-2020 celebrada el día 3 de
setiembre de 2020 manifestó: "Se acepta el criterio del Comité Técnico de
División Territorial y se avala el cambio de límites distritales entre Alajuela
y San Isidro dado que se cumplen con los requisitos establecidos.
ACUERDO UNÁNIME."
Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°- Modifíquese el límite del distrito 1° Alajuela con el distrito 6° San
Isidro del cantón 1° Alajuela, de la Provincia de Alajuela, para que el sector
conocido como Las Azucenas y alrededores deje de pertenecer al distrito 6 ° San
Isidro y oficializarse como parte del Distrito 1° Alajuela.