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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 21094 >> Fecha 07/02/1992 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 21094 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Articulo 2°— La Comisión Nacional de Información y Estadística Agropecuaria en el ámbito sectorial y en el marco de los objetivos de la COPOIN tendrá los siguientes objetivos específicos:

a) Procurar el aprovechamiento racional de los recursos informáticos técnicos y humanos existentes en el Sector Agropecuario.

b) Promover la incorporación de la informática en los procesos de planificación y de gestión administrativa en el sector agropecuario estimulando las iniciativas de diseño y producción de sistemas, equipos y programas de aplicación en el sector.

c) Establecer la base interinstitucional adecuada para un desarrollo coordinado y uniforme de la informática en el sector, en concordancia con las disposiciones de los entes nacionales competentes y las necesidades específicas del agro costarricense.

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