Articulo
2°—
La Comisión Nacional
de Información y Estadística Agropecuaria en el ámbito sectorial y en el
marco de los objetivos de
la COPOIN
tendrá los siguientes objetivos específicos:
a)
Procurar el aprovechamiento racional de los recursos informáticos técnicos y
humanos existentes en el Sector Agropecuario.
b)
Promover la incorporación de la informática en los procesos de planificación
y de gestión administrativa en el sector agropecuario estimulando las
iniciativas de diseño y producción de sistemas, equipos y programas de
aplicación en el sector.
c)
Establecer la base interinstitucional adecuada para un desarrollo coordinado y
uniforme de la informática en el sector, en concordancia con las disposiciones
de los entes nacionales competentes y las necesidades específicas del agro
costarricense.
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